Contratá seguros de accidentes personales para ciclismo

Cotizá ahora seguro de accidentes personales para ciclismo, los días que necesites, a demanda e instantaneo. paga por dia y descarga tu certificado en el acto.

Compará seguro de accidentes personales para Ciclismo

Todos nuestros seguro de accidentes personales contienen las siguientes coberturas:

Cobertura desde 05/11/2025 hasta 05/11/2025

Cantidad de personas: 1 persona

In itinere

Filtrar por etiquetas

Filtrar por Suma Asegurada

Rango de suma asegurada: -

Coberturas encontradas

{"id":557977895,"float":213.22,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":1932650860,"name":"Turismo - E2","short_code":"turismo--e2","public_name":"Seguro de accidentes personales $15.000.000","public_description":"Seguro de accidentes personales $15.000.000","description":{"scope":"24hs","max_age":80,"min_age":5,"initinere":true,"death_amount":15000000,"burial_amount":300000,"insured_amount":15000000,"maximum_height":30,"deductible_amount":3000,"disability_amount":15000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":1500000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":0,"death_amount_nice":"ARS 15.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 300.000,00","insured_amount_nice":"ARS 15.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 3.000,00","disability_amount_nice":"ARS 15.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 1.500.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 0,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2024-12-19 12:03:12","policy":{"id":1711181523,"name":"BIND - v2 - Accidentes personales unificado","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":930031451,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"CL\u00c1USULA ADICIONAL - Cobertura por Uso de Motocicletas, motos y cuatriciclos":"Queda expresamente entendido y convenido que contrariamente a lo establecido en la Cl\u00e1usula de Exclusiones de las Condiciones Generales Espec\u00edficas, el presente seguro cubre tambi\u00e9n los Accidentes derivados del uso de motocicletas, motos y cuatriciclos, manteniendo plena vigencia el resto de las exclusiones establecidas en la P\u00f3liza.","CLAUSULA ADICIONAL \u2013 Trabajos en Altura":"Queda expresamente entendido y convenido que contrariamente a lo establecido en la Clausula 6, inciso q), de las Condiciones Generales Comunes, el presente seguro cubre tambi\u00e9n los Accidentes derivados de la realizaci\u00f3n de trabajos en alturas superiores a los 60 (sesenta) metros.\nEn tales casos, la cobertura solo proceder\u00e1 en la medida que los trabajos que deba realizar el Asegurado sean efectuados observando las medidas de seguridad exigidas por las normas de higiene y seguridad en el trabajo vigentes al momento del Accidente. En caso que el Accidente se vea facilitado por el incumplimiento a estas normas, el Asegurador no abonara indemnizaci\u00f3n alguna. \n\nEn caso de actividades tur\u00edsiticas o deportivas, la altura m\u00e1xima es de 30 (treinta) metros.","RIESGO CUBIERTO":"Cl\u00e1usula 2 - El Asegurador se compromete al pago de las prestaciones estipuladas en la presente p\u00f3liza, en el caso de que la persona designada en la misma como Asegurado sufriera durante la vigencia del seguro alg\u00fan accidente que fuera la causa originaria de su muerte o invalidez permanente o temporaria, total o parcial, y siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten a m\u00e1s tardar dentro de un a\u00f1o a contar de la fecha del mismo, de acuerde con lo establecido en las condiciones particulares. A los efectos de este seguro, se entiende por accidente toda lesi\u00f3n corporal que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta, sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por la acci\u00f3n repentina y violenta de o con un agente externo. Se consideran tambi\u00e9n como accidente: la asfixia o intoxicaci\u00f3n por vapores o gases, la asfixia por inmersi\u00f3n u obstrucci\u00f3n en el aparato respiratorio que no provenga de enfermedad; la intoxicaci\u00f3n o envenenamiento por ingesti\u00f3n de sustancias t\u00f3xicas o alimentos en mal estado consumidos en lugares p\u00fablicos o adquiridos en al estado; las quemaduras de todo tipo producidas por cualquier agente, salvo lo dispuesto en la Cl\u00e1usula 5, inc, b); el carbunclo, t\u00e9tanos u otras infecciones microbianas o intoxicaciones cuando sean de origen traum\u00e1tico: rabia, luxaciones articulares y distensiones, dilaceraciones y rupturas musculares, tendinosas y viscerales (excepto lumbalgias, v\u00e1rices y hernias) causadas por esfuerzo repentino y evidentes al diagn\u00f3stico.","Cobertura adicional de asistencia m\u00e9dica":"Este seguro cubre hasta la suma prevista en las condiciones particulares el reembolso de los gastos de asistencia medico- farmaceutica en que haya incurrido razonablemente el asegurado prescripta por el facultativo, con motivo de todo accidente cubierto por la poliza. El asegurador no tomara a su cargo los gastos por viajes y estadias para tratamientos termales o convalecencias ni por el suministro de lentes, aparatos ortopedicos y protesis dentales. Esta cobertura quedara automaticamente restablecida para nuevos siniestros, obligandose el asegurado al pago de la prima sobre el monto que se restablece calculada a prorrata desde la fecha del siniestro que origino la reduccion de la suma asegurada. Por tratarse de un seguro de da\u00f1os, si se asegura el mismo interes y el mismo riesgo con mas de un asegurador, el asegurado notificara sin dilacion a cada uno de ellos los demas contratos celebrados, con indicacion del asegurador y de la suma asegurada, bajo pena de caducidad. Con esta salvedad, en caso de siniestro el asegurador contribuira proporcionalmente al monto de su contrato, hasta la concurrencia de la indemnizacion debida. El asegurado no puede pretender en el conjunto una indemnizacion que supere el monto del da\u00f1o sufrido."},"excludes":{"RIESGOS NO ASEGURADOS":"Cl\u00e1usula 5 - Quedan excluidos de este seguro \na) Las consecuencias de las enfermedades de cualquier naturaleza inclusive las originadas por la picadura de insectos, salvo lo especificado en la Cl\u00e1usula 2, \nb) Las lesiones causadas por la acci\u00f3n de los rayos \"X\" y similares, y de cualquier elemento radiactivo, u originadas en reacciones nucleares de las lesiones imputables a esfuerzo, salvo los casos contemplados en la Cl\u00e1usula 2; de insolaci\u00f3n, quemaduras por rayos solares, enfriamiento y dem\u00e1s efectos de las condiciones atmosf\u00e9ricas o ambientales; de psicopat\u00edas transitorias o permanentes y de operaciones quir\u00fargicas o\ntratamientos; salvo que cualquiera de tales hechos sobrevenga a consecuencia de un accidente cubierto conforme con la Cl\u00e1usula 2 o del tratamiento de las lesiones por \u00e9l producidas, \nc) Los accidentes que el Asegurado o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado (Art\u00edculos 152 y 70 - L. de S.) \nd) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de enajenaci\u00f3n mental, salvo cuando tales trastornos sean consecuencia de un accidente cubierto conforme a la Cl\u00e1usula 2: o por estado de ebriedad o por estar el Asegurado bajo la influencia de estupefacientes o alcaloides. \ne) Los accidentes que ocurran mientras el Asegurado tome parte en carreras, ejercicios o juegos atl\u00e9ticos de acrobacia o que tengan por objeto pruebas de car\u00e1cter excepcional, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas. \nf) Los accidentes derivados de la navegaci\u00f3n a\u00e9rea no realizada en l\u00edneas de transporte a\u00e9reo regular.\ng) Los accidentes derivados del uso de motocicletas y veh\u00edculos similares, o de la pr\u00e1ctica de deportes que no sean enumerados en la Cl\u00e1usula 3, o en condiciones distintas a las enunciadas en la misma.\n\nCl\u00e1usula 6 \u2013 Tambi\u00e9n quedan excluidos de este seguro: \na) Los accidentes causados por hechos de guerra civil o internacional. \nb) Los accidentes causados por hechos de: guerrilla, rebeli\u00f3n, terrorismo, mot\u00edn o tumulto popular, huelga o lock-out, cuando el Asegurado participe como elemento activo. \nc) Los accidentes causados por fen\u00f3menos s\u00edsmicos, inundaciones u otros fen\u00f3menos naturales de car\u00e1cter catastr\u00f3fico. Los siniestros acaecidos en el lugar y en ocasi\u00f3n de producirse los acontecimientos enumerados en esta Cl\u00e1usula, se presume que son consecuencia de los mismos, salvo prueba en contrario del Asegurado."},"description":{"CARGAS DEL ASEGURADO O DE BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"Cl\u00e1usula 18 \u2013 El Asegurado o los beneficiarios comunicaran al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia (Art. 46 y 47 \u2013 L. de S.). Desde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador cada 15 d\u00edas certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. El Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, ya permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines (Art. 46 - L. de S.) sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. En especial el Asegurado o los beneficiarios deber\u00e1n presentar: a) En caso de muerte, la documentaci\u00f3n pertinente y la comprobaci\u00f3n del derecho de los reclamantes. c) En caso de invalidez permanente, la documentaci\u00f3n pertinente que incluya el alta y los certificados que acrediten el grado de invalidez definitiva. c) En caso de invalidez temporaria, la documentaci\u00f3n pertinente, que incluir\u00e1 el alta definitiva.\nCl\u00e1usula 19 - En caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. La autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios.","EDAD DE PERMANENCIA":"Dejamos expresa constancia que contrariamente a lo especificado en la clausula nro. 7 (personas asegurables) de las condiciones generales, la edad limite de permanencia es de 80 a\u00f1os.","CONDICIONES PARTICULARES ACTIVIDADES LABORALES":"Personas Asegurables Se consideran asegurables las personas f\u00edsicas que cumplan con los siguientes requisitos: \na) Edad: est\u00e9n comprendidas entre la edad m\u00ednima (14 A\u00f1os) y m\u00e1xima (80 A\u00f1os) de incorporaci\u00f3n al seguro establecidas en las Condiciones Particulares de esta P\u00f3liza. \nb) Requisitos de asegurabilidad: cumplimenten a satisfacci\u00f3n del Asegurador los requisitos de asegurabilidad establecidos en la P\u00f3liza.","CONDICIONES PARTICULARES ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE TURISMO":"Personas Asegurables Se consideran asegurables las personas f\u00edsicas que cumplan con los siguientes requisitos: \na) Edad: est\u00e9n comprendidas entre la edad m\u00ednima (5 A\u00f1os) y m\u00e1xima (80 A\u00f1os) de incorporaci\u00f3n al seguro establecidas en las Condiciones Particulares de esta P\u00f3liza. \nb) Requisitos de asegurabilidad: cumplimenten a satisfacci\u00f3n del Asegurador los requisitos de asegurabilidad establecidos en la P\u00f3liza."},"reference_number":"719","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":201055755,"name":"Bind Seguros","legal_name":"BIND SEGUROS S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/logo_bin-02.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30711668302","document_nice":"CUIT 30711668302","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma-bind.jpg"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":426.44,"quantity":"1","sub_total_price":426.44,"units":1,"total_price":426.44,"total_credits_win":0,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:04.842076Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:04","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 426,44","sub_total_price_nice":"ARS 426,44","total_price_nice":"ARS 426,44"}}
Bind Seguros

Seguro de accidentes personales para ciclismo - $15.000.000

Seguro de accidentes personales $15.000.000

ARS 426,44

Precio final

Alcance
24hs
Monto muerte accidental
ARS 15.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 15.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 1.500.000,00
Altura máxima
30
Edad máxima
80 años
Edad mínima
5 años
Monto sepelio ARS 300.000,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":2141151113,"float":150.39,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":1987620639,"name":"Turismo - D2","short_code":"turismo--d2","public_name":"Seguro de accidentes personales $10.000.000","public_description":"Seguro de accidentes personales $10.000.000","description":{"scope":"24hs","max_age":80,"min_age":5,"initinere":true,"death_amount":10000000,"burial_amount":200000,"insured_amount":10000000,"maximum_height":30,"deductible_amount":3000,"disability_amount":10000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":1000000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":0,"death_amount_nice":"ARS 10.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 200.000,00","insured_amount_nice":"ARS 10.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 3.000,00","disability_amount_nice":"ARS 10.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 1.000.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 0,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2024-12-19 12:03:12","policy":{"id":1711181523,"name":"BIND - v2 - Accidentes personales unificado","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":930031451,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"CL\u00c1USULA ADICIONAL - Cobertura por Uso de Motocicletas, motos y cuatriciclos":"Queda expresamente entendido y convenido que contrariamente a lo establecido en la Cl\u00e1usula de Exclusiones de las Condiciones Generales Espec\u00edficas, el presente seguro cubre tambi\u00e9n los Accidentes derivados del uso de motocicletas, motos y cuatriciclos, manteniendo plena vigencia el resto de las exclusiones establecidas en la P\u00f3liza.","CLAUSULA ADICIONAL \u2013 Trabajos en Altura":"Queda expresamente entendido y convenido que contrariamente a lo establecido en la Clausula 6, inciso q), de las Condiciones Generales Comunes, el presente seguro cubre tambi\u00e9n los Accidentes derivados de la realizaci\u00f3n de trabajos en alturas superiores a los 60 (sesenta) metros.\nEn tales casos, la cobertura solo proceder\u00e1 en la medida que los trabajos que deba realizar el Asegurado sean efectuados observando las medidas de seguridad exigidas por las normas de higiene y seguridad en el trabajo vigentes al momento del Accidente. En caso que el Accidente se vea facilitado por el incumplimiento a estas normas, el Asegurador no abonara indemnizaci\u00f3n alguna. \n\nEn caso de actividades tur\u00edsiticas o deportivas, la altura m\u00e1xima es de 30 (treinta) metros.","RIESGO CUBIERTO":"Cl\u00e1usula 2 - El Asegurador se compromete al pago de las prestaciones estipuladas en la presente p\u00f3liza, en el caso de que la persona designada en la misma como Asegurado sufriera durante la vigencia del seguro alg\u00fan accidente que fuera la causa originaria de su muerte o invalidez permanente o temporaria, total o parcial, y siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten a m\u00e1s tardar dentro de un a\u00f1o a contar de la fecha del mismo, de acuerde con lo establecido en las condiciones particulares. A los efectos de este seguro, se entiende por accidente toda lesi\u00f3n corporal que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta, sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por la acci\u00f3n repentina y violenta de o con un agente externo. Se consideran tambi\u00e9n como accidente: la asfixia o intoxicaci\u00f3n por vapores o gases, la asfixia por inmersi\u00f3n u obstrucci\u00f3n en el aparato respiratorio que no provenga de enfermedad; la intoxicaci\u00f3n o envenenamiento por ingesti\u00f3n de sustancias t\u00f3xicas o alimentos en mal estado consumidos en lugares p\u00fablicos o adquiridos en al estado; las quemaduras de todo tipo producidas por cualquier agente, salvo lo dispuesto en la Cl\u00e1usula 5, inc, b); el carbunclo, t\u00e9tanos u otras infecciones microbianas o intoxicaciones cuando sean de origen traum\u00e1tico: rabia, luxaciones articulares y distensiones, dilaceraciones y rupturas musculares, tendinosas y viscerales (excepto lumbalgias, v\u00e1rices y hernias) causadas por esfuerzo repentino y evidentes al diagn\u00f3stico.","Cobertura adicional de asistencia m\u00e9dica":"Este seguro cubre hasta la suma prevista en las condiciones particulares el reembolso de los gastos de asistencia medico- farmaceutica en que haya incurrido razonablemente el asegurado prescripta por el facultativo, con motivo de todo accidente cubierto por la poliza. El asegurador no tomara a su cargo los gastos por viajes y estadias para tratamientos termales o convalecencias ni por el suministro de lentes, aparatos ortopedicos y protesis dentales. Esta cobertura quedara automaticamente restablecida para nuevos siniestros, obligandose el asegurado al pago de la prima sobre el monto que se restablece calculada a prorrata desde la fecha del siniestro que origino la reduccion de la suma asegurada. Por tratarse de un seguro de da\u00f1os, si se asegura el mismo interes y el mismo riesgo con mas de un asegurador, el asegurado notificara sin dilacion a cada uno de ellos los demas contratos celebrados, con indicacion del asegurador y de la suma asegurada, bajo pena de caducidad. Con esta salvedad, en caso de siniestro el asegurador contribuira proporcionalmente al monto de su contrato, hasta la concurrencia de la indemnizacion debida. El asegurado no puede pretender en el conjunto una indemnizacion que supere el monto del da\u00f1o sufrido."},"excludes":{"RIESGOS NO ASEGURADOS":"Cl\u00e1usula 5 - Quedan excluidos de este seguro \na) Las consecuencias de las enfermedades de cualquier naturaleza inclusive las originadas por la picadura de insectos, salvo lo especificado en la Cl\u00e1usula 2, \nb) Las lesiones causadas por la acci\u00f3n de los rayos \"X\" y similares, y de cualquier elemento radiactivo, u originadas en reacciones nucleares de las lesiones imputables a esfuerzo, salvo los casos contemplados en la Cl\u00e1usula 2; de insolaci\u00f3n, quemaduras por rayos solares, enfriamiento y dem\u00e1s efectos de las condiciones atmosf\u00e9ricas o ambientales; de psicopat\u00edas transitorias o permanentes y de operaciones quir\u00fargicas o\ntratamientos; salvo que cualquiera de tales hechos sobrevenga a consecuencia de un accidente cubierto conforme con la Cl\u00e1usula 2 o del tratamiento de las lesiones por \u00e9l producidas, \nc) Los accidentes que el Asegurado o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado (Art\u00edculos 152 y 70 - L. de S.) \nd) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de enajenaci\u00f3n mental, salvo cuando tales trastornos sean consecuencia de un accidente cubierto conforme a la Cl\u00e1usula 2: o por estado de ebriedad o por estar el Asegurado bajo la influencia de estupefacientes o alcaloides. \ne) Los accidentes que ocurran mientras el Asegurado tome parte en carreras, ejercicios o juegos atl\u00e9ticos de acrobacia o que tengan por objeto pruebas de car\u00e1cter excepcional, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas. \nf) Los accidentes derivados de la navegaci\u00f3n a\u00e9rea no realizada en l\u00edneas de transporte a\u00e9reo regular.\ng) Los accidentes derivados del uso de motocicletas y veh\u00edculos similares, o de la pr\u00e1ctica de deportes que no sean enumerados en la Cl\u00e1usula 3, o en condiciones distintas a las enunciadas en la misma.\n\nCl\u00e1usula 6 \u2013 Tambi\u00e9n quedan excluidos de este seguro: \na) Los accidentes causados por hechos de guerra civil o internacional. \nb) Los accidentes causados por hechos de: guerrilla, rebeli\u00f3n, terrorismo, mot\u00edn o tumulto popular, huelga o lock-out, cuando el Asegurado participe como elemento activo. \nc) Los accidentes causados por fen\u00f3menos s\u00edsmicos, inundaciones u otros fen\u00f3menos naturales de car\u00e1cter catastr\u00f3fico. Los siniestros acaecidos en el lugar y en ocasi\u00f3n de producirse los acontecimientos enumerados en esta Cl\u00e1usula, se presume que son consecuencia de los mismos, salvo prueba en contrario del Asegurado."},"description":{"CARGAS DEL ASEGURADO O DE BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"Cl\u00e1usula 18 \u2013 El Asegurado o los beneficiarios comunicaran al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia (Art. 46 y 47 \u2013 L. de S.). Desde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador cada 15 d\u00edas certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. El Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, ya permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines (Art. 46 - L. de S.) sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. En especial el Asegurado o los beneficiarios deber\u00e1n presentar: a) En caso de muerte, la documentaci\u00f3n pertinente y la comprobaci\u00f3n del derecho de los reclamantes. c) En caso de invalidez permanente, la documentaci\u00f3n pertinente que incluya el alta y los certificados que acrediten el grado de invalidez definitiva. c) En caso de invalidez temporaria, la documentaci\u00f3n pertinente, que incluir\u00e1 el alta definitiva.\nCl\u00e1usula 19 - En caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. La autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios.","EDAD DE PERMANENCIA":"Dejamos expresa constancia que contrariamente a lo especificado en la clausula nro. 7 (personas asegurables) de las condiciones generales, la edad limite de permanencia es de 80 a\u00f1os.","CONDICIONES PARTICULARES ACTIVIDADES LABORALES":"Personas Asegurables Se consideran asegurables las personas f\u00edsicas que cumplan con los siguientes requisitos: \na) Edad: est\u00e9n comprendidas entre la edad m\u00ednima (14 A\u00f1os) y m\u00e1xima (80 A\u00f1os) de incorporaci\u00f3n al seguro establecidas en las Condiciones Particulares de esta P\u00f3liza. \nb) Requisitos de asegurabilidad: cumplimenten a satisfacci\u00f3n del Asegurador los requisitos de asegurabilidad establecidos en la P\u00f3liza.","CONDICIONES PARTICULARES ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE TURISMO":"Personas Asegurables Se consideran asegurables las personas f\u00edsicas que cumplan con los siguientes requisitos: \na) Edad: est\u00e9n comprendidas entre la edad m\u00ednima (5 A\u00f1os) y m\u00e1xima (80 A\u00f1os) de incorporaci\u00f3n al seguro establecidas en las Condiciones Particulares de esta P\u00f3liza. \nb) Requisitos de asegurabilidad: cumplimenten a satisfacci\u00f3n del Asegurador los requisitos de asegurabilidad establecidos en la P\u00f3liza."},"reference_number":"719","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":201055755,"name":"Bind Seguros","legal_name":"BIND SEGUROS S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/logo_bin-02.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30711668302","document_nice":"CUIT 30711668302","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma-bind.jpg"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":300.78,"quantity":"1","sub_total_price":300.78,"units":1,"total_price":300.78,"total_credits_win":0,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:04.872005Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:04","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 300,78","sub_total_price_nice":"ARS 300,78","total_price_nice":"ARS 300,78"}}
Bind Seguros

Seguro de accidentes personales para ciclismo - $10.000.000

Seguro de accidentes personales $10.000.000

ARS 300,78

Precio final

Alcance
24hs
Monto muerte accidental
ARS 10.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 10.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 1.000.000,00
Altura máxima
30
Edad máxima
80 años
Edad mínima
5 años
Monto sepelio ARS 200.000,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":1576377843,"float":90.23,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":2034656394,"name":"Turismo - C2","short_code":"turismo--c2","public_name":"Seguro de accidentes personales $6.000.000","public_description":"Seguro de accidentes personales $6.000.000","description":{"scope":"24hs","max_age":80,"min_age":5,"initinere":true,"death_amount":6000000,"burial_amount":120000,"insured_amount":6000000,"maximum_height":30,"deductible_amount":3000,"disability_amount":6000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":600000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":0,"death_amount_nice":"ARS 6.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 120.000,00","insured_amount_nice":"ARS 6.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 3.000,00","disability_amount_nice":"ARS 6.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 600.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 0,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2024-12-19 12:03:12","policy":{"id":1711181523,"name":"BIND - v2 - Accidentes personales unificado","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":930031451,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"CL\u00c1USULA ADICIONAL - Cobertura por Uso de Motocicletas, motos y cuatriciclos":"Queda expresamente entendido y convenido que contrariamente a lo establecido en la Cl\u00e1usula de Exclusiones de las Condiciones Generales Espec\u00edficas, el presente seguro cubre tambi\u00e9n los Accidentes derivados del uso de motocicletas, motos y cuatriciclos, manteniendo plena vigencia el resto de las exclusiones establecidas en la P\u00f3liza.","CLAUSULA ADICIONAL \u2013 Trabajos en Altura":"Queda expresamente entendido y convenido que contrariamente a lo establecido en la Clausula 6, inciso q), de las Condiciones Generales Comunes, el presente seguro cubre tambi\u00e9n los Accidentes derivados de la realizaci\u00f3n de trabajos en alturas superiores a los 60 (sesenta) metros.\nEn tales casos, la cobertura solo proceder\u00e1 en la medida que los trabajos que deba realizar el Asegurado sean efectuados observando las medidas de seguridad exigidas por las normas de higiene y seguridad en el trabajo vigentes al momento del Accidente. En caso que el Accidente se vea facilitado por el incumplimiento a estas normas, el Asegurador no abonara indemnizaci\u00f3n alguna. \n\nEn caso de actividades tur\u00edsiticas o deportivas, la altura m\u00e1xima es de 30 (treinta) metros.","RIESGO CUBIERTO":"Cl\u00e1usula 2 - El Asegurador se compromete al pago de las prestaciones estipuladas en la presente p\u00f3liza, en el caso de que la persona designada en la misma como Asegurado sufriera durante la vigencia del seguro alg\u00fan accidente que fuera la causa originaria de su muerte o invalidez permanente o temporaria, total o parcial, y siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten a m\u00e1s tardar dentro de un a\u00f1o a contar de la fecha del mismo, de acuerde con lo establecido en las condiciones particulares. A los efectos de este seguro, se entiende por accidente toda lesi\u00f3n corporal que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta, sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por la acci\u00f3n repentina y violenta de o con un agente externo. Se consideran tambi\u00e9n como accidente: la asfixia o intoxicaci\u00f3n por vapores o gases, la asfixia por inmersi\u00f3n u obstrucci\u00f3n en el aparato respiratorio que no provenga de enfermedad; la intoxicaci\u00f3n o envenenamiento por ingesti\u00f3n de sustancias t\u00f3xicas o alimentos en mal estado consumidos en lugares p\u00fablicos o adquiridos en al estado; las quemaduras de todo tipo producidas por cualquier agente, salvo lo dispuesto en la Cl\u00e1usula 5, inc, b); el carbunclo, t\u00e9tanos u otras infecciones microbianas o intoxicaciones cuando sean de origen traum\u00e1tico: rabia, luxaciones articulares y distensiones, dilaceraciones y rupturas musculares, tendinosas y viscerales (excepto lumbalgias, v\u00e1rices y hernias) causadas por esfuerzo repentino y evidentes al diagn\u00f3stico.","Cobertura adicional de asistencia m\u00e9dica":"Este seguro cubre hasta la suma prevista en las condiciones particulares el reembolso de los gastos de asistencia medico- farmaceutica en que haya incurrido razonablemente el asegurado prescripta por el facultativo, con motivo de todo accidente cubierto por la poliza. El asegurador no tomara a su cargo los gastos por viajes y estadias para tratamientos termales o convalecencias ni por el suministro de lentes, aparatos ortopedicos y protesis dentales. Esta cobertura quedara automaticamente restablecida para nuevos siniestros, obligandose el asegurado al pago de la prima sobre el monto que se restablece calculada a prorrata desde la fecha del siniestro que origino la reduccion de la suma asegurada. Por tratarse de un seguro de da\u00f1os, si se asegura el mismo interes y el mismo riesgo con mas de un asegurador, el asegurado notificara sin dilacion a cada uno de ellos los demas contratos celebrados, con indicacion del asegurador y de la suma asegurada, bajo pena de caducidad. Con esta salvedad, en caso de siniestro el asegurador contribuira proporcionalmente al monto de su contrato, hasta la concurrencia de la indemnizacion debida. El asegurado no puede pretender en el conjunto una indemnizacion que supere el monto del da\u00f1o sufrido."},"excludes":{"RIESGOS NO ASEGURADOS":"Cl\u00e1usula 5 - Quedan excluidos de este seguro \na) Las consecuencias de las enfermedades de cualquier naturaleza inclusive las originadas por la picadura de insectos, salvo lo especificado en la Cl\u00e1usula 2, \nb) Las lesiones causadas por la acci\u00f3n de los rayos \"X\" y similares, y de cualquier elemento radiactivo, u originadas en reacciones nucleares de las lesiones imputables a esfuerzo, salvo los casos contemplados en la Cl\u00e1usula 2; de insolaci\u00f3n, quemaduras por rayos solares, enfriamiento y dem\u00e1s efectos de las condiciones atmosf\u00e9ricas o ambientales; de psicopat\u00edas transitorias o permanentes y de operaciones quir\u00fargicas o\ntratamientos; salvo que cualquiera de tales hechos sobrevenga a consecuencia de un accidente cubierto conforme con la Cl\u00e1usula 2 o del tratamiento de las lesiones por \u00e9l producidas, \nc) Los accidentes que el Asegurado o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado (Art\u00edculos 152 y 70 - L. de S.) \nd) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de enajenaci\u00f3n mental, salvo cuando tales trastornos sean consecuencia de un accidente cubierto conforme a la Cl\u00e1usula 2: o por estado de ebriedad o por estar el Asegurado bajo la influencia de estupefacientes o alcaloides. \ne) Los accidentes que ocurran mientras el Asegurado tome parte en carreras, ejercicios o juegos atl\u00e9ticos de acrobacia o que tengan por objeto pruebas de car\u00e1cter excepcional, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas. \nf) Los accidentes derivados de la navegaci\u00f3n a\u00e9rea no realizada en l\u00edneas de transporte a\u00e9reo regular.\ng) Los accidentes derivados del uso de motocicletas y veh\u00edculos similares, o de la pr\u00e1ctica de deportes que no sean enumerados en la Cl\u00e1usula 3, o en condiciones distintas a las enunciadas en la misma.\n\nCl\u00e1usula 6 \u2013 Tambi\u00e9n quedan excluidos de este seguro: \na) Los accidentes causados por hechos de guerra civil o internacional. \nb) Los accidentes causados por hechos de: guerrilla, rebeli\u00f3n, terrorismo, mot\u00edn o tumulto popular, huelga o lock-out, cuando el Asegurado participe como elemento activo. \nc) Los accidentes causados por fen\u00f3menos s\u00edsmicos, inundaciones u otros fen\u00f3menos naturales de car\u00e1cter catastr\u00f3fico. Los siniestros acaecidos en el lugar y en ocasi\u00f3n de producirse los acontecimientos enumerados en esta Cl\u00e1usula, se presume que son consecuencia de los mismos, salvo prueba en contrario del Asegurado."},"description":{"CARGAS DEL ASEGURADO O DE BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"Cl\u00e1usula 18 \u2013 El Asegurado o los beneficiarios comunicaran al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia (Art. 46 y 47 \u2013 L. de S.). Desde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador cada 15 d\u00edas certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. El Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, ya permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines (Art. 46 - L. de S.) sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. En especial el Asegurado o los beneficiarios deber\u00e1n presentar: a) En caso de muerte, la documentaci\u00f3n pertinente y la comprobaci\u00f3n del derecho de los reclamantes. c) En caso de invalidez permanente, la documentaci\u00f3n pertinente que incluya el alta y los certificados que acrediten el grado de invalidez definitiva. c) En caso de invalidez temporaria, la documentaci\u00f3n pertinente, que incluir\u00e1 el alta definitiva.\nCl\u00e1usula 19 - En caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. La autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios.","EDAD DE PERMANENCIA":"Dejamos expresa constancia que contrariamente a lo especificado en la clausula nro. 7 (personas asegurables) de las condiciones generales, la edad limite de permanencia es de 80 a\u00f1os.","CONDICIONES PARTICULARES ACTIVIDADES LABORALES":"Personas Asegurables Se consideran asegurables las personas f\u00edsicas que cumplan con los siguientes requisitos: \na) Edad: est\u00e9n comprendidas entre la edad m\u00ednima (14 A\u00f1os) y m\u00e1xima (80 A\u00f1os) de incorporaci\u00f3n al seguro establecidas en las Condiciones Particulares de esta P\u00f3liza. \nb) Requisitos de asegurabilidad: cumplimenten a satisfacci\u00f3n del Asegurador los requisitos de asegurabilidad establecidos en la P\u00f3liza.","CONDICIONES PARTICULARES ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE TURISMO":"Personas Asegurables Se consideran asegurables las personas f\u00edsicas que cumplan con los siguientes requisitos: \na) Edad: est\u00e9n comprendidas entre la edad m\u00ednima (5 A\u00f1os) y m\u00e1xima (80 A\u00f1os) de incorporaci\u00f3n al seguro establecidas en las Condiciones Particulares de esta P\u00f3liza. \nb) Requisitos de asegurabilidad: cumplimenten a satisfacci\u00f3n del Asegurador los requisitos de asegurabilidad establecidos en la P\u00f3liza."},"reference_number":"719","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":201055755,"name":"Bind Seguros","legal_name":"BIND SEGUROS S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/logo_bin-02.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30711668302","document_nice":"CUIT 30711668302","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma-bind.jpg"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":180.46,"quantity":"1","sub_total_price":180.46,"units":1,"total_price":180.46,"total_credits_win":0,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:04.901302Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:04","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 180,46","sub_total_price_nice":"ARS 180,46","total_price_nice":"ARS 180,46"}}
Bind Seguros

Seguro de accidentes personales para ciclismo - $6.000.000

Seguro de accidentes personales $6.000.000

ARS 180,46

Precio final

Alcance
24hs
Monto muerte accidental
ARS 6.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 6.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 600.000,00
Altura máxima
30
Edad máxima
80 años
Edad mínima
5 años
Monto sepelio ARS 120.000,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":1837366081,"float":472,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":73042686,"name":"CNP 60M CAT 3y4","short_code":"cnp60m-cat3y4","public_name":"Seguro de Accidentes Personales Laborales in itinere hasta $60.000.000.","public_description":"Asegurate hasta $60.000.000 por Muerte e Incapacidad y $6.000.000 por Gastos M\u00e9dicos contra accidentes mientras est\u00e1s trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 a\u00f1os. Cuenta con una franquicia por $24.000","description":{"scope":"Jornada Laboral e In Itinere","max_age":69,"min_age":14,"initinere":true,"death_amount":60000000,"burial_amount":1200000,"insured_amount":60000000,"maximum_height":60,"deductible_amount":24000,"disability_amount":60000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":6000000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":30000,"death_amount_nice":"ARS 60.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 1.200.000,00","insured_amount_nice":"ARS 60.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 24.000,00","disability_amount_nice":"ARS 60.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 6.000.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 30.000,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2025-04-23 22:52:33","policy":{"id":1757693054,"name":"CNP - Accidentes Personales Unificada","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":221252352,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"COBERTURA":"El Asegurador se compromete al pago de los beneficios estipulados en las Condiciones Espec\u00edficas de las coberturas que se indican en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza, cuando el Asegurado sufra durante la vigencia del seguro alguna de las contingencias previstas en las coberturas contratadas a causa de un accidente cubierto, siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten dentro de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de ocurrencia del mismo, sujeto a los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en las Condiciones Particulares, Condiciones Generales y Condiciones Espec\u00edficas que integran el presente constancia. Los beneficios previstos para las distintas coberturas son independientes entre s\u00ed, a excepci\u00f3n de los importes abonados en concepto de Incapacidad Permanente, los que se deducen del beneficio a abonar en caso de fallecimiento del Asegurado. La cobertura se extiende al tr\u00e1nsito y\/o permanencia del Asegurado en el extranjero, salvo en pa\u00edses que no mantengan relaciones diplom\u00e1ticas con la Rep\u00fablica Argentina."},"excludes":{"RIESGOS NO CUBIERTOS":"Se excluyen expresamente de este seguro: \na) Los accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura de este seguro o las consecuencias de accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura, as\u00ed como las consecuencias o secuelas de un accidente cubierto que se manifiesten despu\u00e9s de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de su ocurrencia. \nb) Los tratamientos psiqui\u00e1tricos y\/o psicol\u00f3gicos, trastornos de enajenaci\u00f3n mental, estados de depresi\u00f3n ps\u00edquico nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones cl\u00ednicas. \nc) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de perturbaci\u00f3n mental, sonambulismo, embriaguez, a causa del abuso de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o substancias medicamentosas, no prescriptos o no utilizados de acuerdo a las instrucciones m\u00e9dicas. \nd) Los accidentes que el Asegurado, el Tomador o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado. \ne) Los accidentes causados por hechos de guerra, invasi\u00f3n, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones b\u00e9licas, sea que haya habido o no declaraci\u00f3n de guerra civil, insurrecci\u00f3n, sublevaci\u00f3n, rebeli\u00f3n, sedici\u00f3n, mot\u00edn, guerrilla, terrorismo, revoluciones, tumultos populares, lock-out, o hechos que las leyes califican como delitos contra la inseguridad interior del Estado. \nf) Los accidentes que guarden relaci\u00f3n directa con radiaci\u00f3n o reacci\u00f3n nuclear o contaminaci\u00f3n radiactiva y otros fen\u00f3menos s\u00edsmicos o meteorol\u00f3gicos de car\u00e1cter extraordinario o catastr\u00f3fico. \ng) Los accidentes derivados de la pr\u00e1ctica profesional o como aficionado de los siguientes deportes: deportes a\u00e9reos (paracaidismo u otros), salto con el\u00e1stico (bungee, puenting), caza mayor, monta\u00f1ismo, escalada (con excepci\u00f3n de la escalada sobre bloque y\/o muro artificial), excursiones en alta monta\u00f1a a m\u00e1s de 3 000 metros de altura, espeleolog\u00eda, equitaci\u00f3n (con excepci\u00f3n de la excursi\u00f3n ecuestre y ejercicios de preparaci\u00f3n) y atalajes, boxeo, boxeo americano ( o full contact), o ingl\u00e9s, o tailand\u00e9s, catch, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, deportes de nieve, con excepci\u00f3n de esqu\u00ed, monoesqu\u00ed y surf sobre pistas, deportes mec\u00e1nicos (automovilismo, motociclismo), deportes n\u00e1uticos sin vigilancia (con excepci\u00f3n del yatching a menos de 20 millas n\u00e1uticas de las costas, submarinismo a menos de 20 metros de profundidad y de la nataci\u00f3n), moton\u00e1utica, jet- esqui o scooter de mar, y otros deportes notoriamente peligrosos. \nh) La participaci\u00f3n en competiciones, ejercicios de acrobacia, pruebas de car\u00e1cter excepcional o torneos organizados por federaciones deportivas.\ni) La utilizaci\u00f3n, como pasajero o tripulante, de medios de navegaci\u00f3n a\u00e9rea no autorizados para el transporte p\u00fablico de pasajeros, as\u00ed como de helic\u00f3pteros. \nj) Manipulaci\u00f3n de explosivos \nk) Las hernias, las rupturas musculares no tendinosas, los lumbagos agudos (dolor de cintura) \nl)Afecciones no org\u00e1nicas, es decir, que no se traducen por signos objetivos revelados por examen cl\u00ednico o por ex\u00e1menes complementares que acaben por clasificarlos en la categor\u00eda de enfermedades. \nm) La participaci\u00f3n en duelo, crimen, delito intencional o ri\u00f1a, excepto en caso de leg\u00edtima defensa. \nn) Participaci\u00f3n en acciones militares y\/o policiales.","PERSONAS NO ASEGURABLES":"No son asegurables las personas menores a la edad m\u00ednima de ingreso, ni mayores a la edad m\u00e1xima de ingreso, ambas previstas en las condiciones particulares de la constancia"},"description":{"PREEMINENCIA NORMATIVA":"Este comprobante consta de Condiciones Generales, Condiciones Generales Espec\u00edficas, Condiciones Espec\u00edficas y Condiciones Particulares. En caso de discordancia entre las mismas, regir\u00e1 el siguiente orden de prelaci\u00f3n: Condiciones Particulares Condiciones Espec\u00edficas Condiciones Generales Espec\u00edficas Condiciones Generales","DEFINICION DE ACCIDENTE":"A los efectos de este seguro, se entiende por accidente a toda lesi\u00f3n corporal sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por una causa fortuita, exterior, s\u00fabita y violenta, y que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta. Se excluyen todas las lesiones que sean consecuencias de enfermedades o des\u00f3rdenes f\u00edsicos.","CARGAS DEL ASEGURADO O BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"El Asegurado o los beneficiarios comunicar\u00e1n al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres (3) d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. \nDesde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador las certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n, cuando le sea requerido por el Asegurador, con una frecuencia no inferior a quince (15) d\u00edas. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. \nEl Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, constancias de intervenci\u00f3n policial o diligencias judiciales si correspondiera, y a permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. \nEn caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. \nLa autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios."},"reference_number":"16022255","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":510276864,"name":"CNP","legal_name":"CNP Assurances Compa\u00f1\u00eda de Seguros S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/CNP_Seguros_Color_RGB%20sin%20fondo.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30682408622","document_nice":"CUIT 30682408622","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma_certificado_sin_fondo_1.png"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":1888,"quantity":"1","sub_total_price":1888,"units":1,"total_price":1888,"total_credits_win":472,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:04.933391Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:04","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 1.888,00","sub_total_price_nice":"ARS 1.888,00","total_price_nice":"ARS 1.888,00"}}
CNP

Seguro de accidentes personales para ciclismo - laborales in itinere hasta $60.000.000.

Asegurate hasta $60.000.000 por Muerte e Incapacidad y $6.000.000 por Gastos Médicos contra accidentes mientras estás trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 años. Cuenta con una franquicia por $24.000

ARS 1.888,00

Precio final

Alcance
Jornada Laboral e In Itinere
Monto muerte accidental
ARS 60.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 60.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 6.000.000,00
Altura máxima
60
Edad máxima
69 años
Edad mínima
14 años
Monto sepelio ARS 1.200.000,00
Monto hospitalización diaria ARS 30.000,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":243697790,"float":395.25,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":183436820,"name":"CNP 50M CAT 3y4","short_code":"cnp50m-cat3y4","public_name":"Seguro de Accidentes Personales Laborales in itinere hasta 50.000.000.","public_description":"Asegurate hasta $50.000.000 por Muerte e Incapacidad y $5.000.000 por Gastos M\u00e9dicos contra accidentes mientras est\u00e1s trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 a\u00f1os. Cuenta con una franquicia por $20.000","description":{"scope":"Jornada Laboral e In Itinere","max_age":69,"min_age":14,"initinere":true,"death_amount":50000000,"burial_amount":1000000,"insured_amount":50000000,"maximum_height":60,"deductible_amount":20000,"disability_amount":50000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":5000000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":25000,"death_amount_nice":"ARS 50.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 1.000.000,00","insured_amount_nice":"ARS 50.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 20.000,00","disability_amount_nice":"ARS 50.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 5.000.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 25.000,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2025-04-23 22:47:12","policy":{"id":1757693054,"name":"CNP - Accidentes Personales Unificada","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":221252352,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"COBERTURA":"El Asegurador se compromete al pago de los beneficios estipulados en las Condiciones Espec\u00edficas de las coberturas que se indican en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza, cuando el Asegurado sufra durante la vigencia del seguro alguna de las contingencias previstas en las coberturas contratadas a causa de un accidente cubierto, siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten dentro de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de ocurrencia del mismo, sujeto a los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en las Condiciones Particulares, Condiciones Generales y Condiciones Espec\u00edficas que integran el presente constancia. Los beneficios previstos para las distintas coberturas son independientes entre s\u00ed, a excepci\u00f3n de los importes abonados en concepto de Incapacidad Permanente, los que se deducen del beneficio a abonar en caso de fallecimiento del Asegurado. La cobertura se extiende al tr\u00e1nsito y\/o permanencia del Asegurado en el extranjero, salvo en pa\u00edses que no mantengan relaciones diplom\u00e1ticas con la Rep\u00fablica Argentina."},"excludes":{"RIESGOS NO CUBIERTOS":"Se excluyen expresamente de este seguro: \na) Los accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura de este seguro o las consecuencias de accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura, as\u00ed como las consecuencias o secuelas de un accidente cubierto que se manifiesten despu\u00e9s de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de su ocurrencia. \nb) Los tratamientos psiqui\u00e1tricos y\/o psicol\u00f3gicos, trastornos de enajenaci\u00f3n mental, estados de depresi\u00f3n ps\u00edquico nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones cl\u00ednicas. \nc) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de perturbaci\u00f3n mental, sonambulismo, embriaguez, a causa del abuso de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o substancias medicamentosas, no prescriptos o no utilizados de acuerdo a las instrucciones m\u00e9dicas. \nd) Los accidentes que el Asegurado, el Tomador o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado. \ne) Los accidentes causados por hechos de guerra, invasi\u00f3n, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones b\u00e9licas, sea que haya habido o no declaraci\u00f3n de guerra civil, insurrecci\u00f3n, sublevaci\u00f3n, rebeli\u00f3n, sedici\u00f3n, mot\u00edn, guerrilla, terrorismo, revoluciones, tumultos populares, lock-out, o hechos que las leyes califican como delitos contra la inseguridad interior del Estado. \nf) Los accidentes que guarden relaci\u00f3n directa con radiaci\u00f3n o reacci\u00f3n nuclear o contaminaci\u00f3n radiactiva y otros fen\u00f3menos s\u00edsmicos o meteorol\u00f3gicos de car\u00e1cter extraordinario o catastr\u00f3fico. \ng) Los accidentes derivados de la pr\u00e1ctica profesional o como aficionado de los siguientes deportes: deportes a\u00e9reos (paracaidismo u otros), salto con el\u00e1stico (bungee, puenting), caza mayor, monta\u00f1ismo, escalada (con excepci\u00f3n de la escalada sobre bloque y\/o muro artificial), excursiones en alta monta\u00f1a a m\u00e1s de 3 000 metros de altura, espeleolog\u00eda, equitaci\u00f3n (con excepci\u00f3n de la excursi\u00f3n ecuestre y ejercicios de preparaci\u00f3n) y atalajes, boxeo, boxeo americano ( o full contact), o ingl\u00e9s, o tailand\u00e9s, catch, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, deportes de nieve, con excepci\u00f3n de esqu\u00ed, monoesqu\u00ed y surf sobre pistas, deportes mec\u00e1nicos (automovilismo, motociclismo), deportes n\u00e1uticos sin vigilancia (con excepci\u00f3n del yatching a menos de 20 millas n\u00e1uticas de las costas, submarinismo a menos de 20 metros de profundidad y de la nataci\u00f3n), moton\u00e1utica, jet- esqui o scooter de mar, y otros deportes notoriamente peligrosos. \nh) La participaci\u00f3n en competiciones, ejercicios de acrobacia, pruebas de car\u00e1cter excepcional o torneos organizados por federaciones deportivas.\ni) La utilizaci\u00f3n, como pasajero o tripulante, de medios de navegaci\u00f3n a\u00e9rea no autorizados para el transporte p\u00fablico de pasajeros, as\u00ed como de helic\u00f3pteros. \nj) Manipulaci\u00f3n de explosivos \nk) Las hernias, las rupturas musculares no tendinosas, los lumbagos agudos (dolor de cintura) \nl)Afecciones no org\u00e1nicas, es decir, que no se traducen por signos objetivos revelados por examen cl\u00ednico o por ex\u00e1menes complementares que acaben por clasificarlos en la categor\u00eda de enfermedades. \nm) La participaci\u00f3n en duelo, crimen, delito intencional o ri\u00f1a, excepto en caso de leg\u00edtima defensa. \nn) Participaci\u00f3n en acciones militares y\/o policiales.","PERSONAS NO ASEGURABLES":"No son asegurables las personas menores a la edad m\u00ednima de ingreso, ni mayores a la edad m\u00e1xima de ingreso, ambas previstas en las condiciones particulares de la constancia"},"description":{"PREEMINENCIA NORMATIVA":"Este comprobante consta de Condiciones Generales, Condiciones Generales Espec\u00edficas, Condiciones Espec\u00edficas y Condiciones Particulares. En caso de discordancia entre las mismas, regir\u00e1 el siguiente orden de prelaci\u00f3n: Condiciones Particulares Condiciones Espec\u00edficas Condiciones Generales Espec\u00edficas Condiciones Generales","DEFINICION DE ACCIDENTE":"A los efectos de este seguro, se entiende por accidente a toda lesi\u00f3n corporal sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por una causa fortuita, exterior, s\u00fabita y violenta, y que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta. Se excluyen todas las lesiones que sean consecuencias de enfermedades o des\u00f3rdenes f\u00edsicos.","CARGAS DEL ASEGURADO O BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"El Asegurado o los beneficiarios comunicar\u00e1n al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres (3) d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. \nDesde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador las certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n, cuando le sea requerido por el Asegurador, con una frecuencia no inferior a quince (15) d\u00edas. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. \nEl Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, constancias de intervenci\u00f3n policial o diligencias judiciales si correspondiera, y a permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. \nEn caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. \nLa autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios."},"reference_number":"16022255","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":510276864,"name":"CNP","legal_name":"CNP Assurances Compa\u00f1\u00eda de Seguros S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/CNP_Seguros_Color_RGB%20sin%20fondo.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30682408622","document_nice":"CUIT 30682408622","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma_certificado_sin_fondo_1.png"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":1581,"quantity":"1","sub_total_price":1581,"units":1,"total_price":1581,"total_credits_win":395.25,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:04.963021Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:04","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 1.581,00","sub_total_price_nice":"ARS 1.581,00","total_price_nice":"ARS 1.581,00"}}
CNP

Seguro de accidentes personales para ciclismo - laborales in itinere hasta 50.000.000.

Asegurate hasta $50.000.000 por Muerte e Incapacidad y $5.000.000 por Gastos Médicos contra accidentes mientras estás trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 años. Cuenta con una franquicia por $20.000

ARS 1.581,00

Precio final

Alcance
Jornada Laboral e In Itinere
Monto muerte accidental
ARS 50.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 50.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 5.000.000,00
Altura máxima
60
Edad máxima
69 años
Edad mínima
14 años
Monto sepelio ARS 1.000.000,00
Monto hospitalización diaria ARS 25.000,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":804783483,"float":315,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":259887410,"name":"CNP 40M CAT 3y4","short_code":"cnp40m-cat3y4","public_name":"Seguro de Accidentes Personales Laborales in itinere hasta 40.000.000.","public_description":"Asegurate hasta $40.000.000 por Muerte e Incapacidad y $4.000.000 por Gastos M\u00e9dicos contra accidentes mientras est\u00e1s trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 a\u00f1os. Cuenta con una franquicia por $16.000","description":{"scope":"Jornada Laboral e In Itinere","max_age":69,"min_age":14,"initinere":true,"death_amount":40000000,"burial_amount":800000,"insured_amount":40000000,"maximum_height":60,"deductible_amount":16000,"disability_amount":40000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":4000000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":20000,"death_amount_nice":"ARS 40.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 800.000,00","insured_amount_nice":"ARS 40.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 16.000,00","disability_amount_nice":"ARS 40.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 4.000.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 20.000,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2025-04-23 22:39:43","policy":{"id":1757693054,"name":"CNP - Accidentes Personales Unificada","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":221252352,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"COBERTURA":"El Asegurador se compromete al pago de los beneficios estipulados en las Condiciones Espec\u00edficas de las coberturas que se indican en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza, cuando el Asegurado sufra durante la vigencia del seguro alguna de las contingencias previstas en las coberturas contratadas a causa de un accidente cubierto, siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten dentro de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de ocurrencia del mismo, sujeto a los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en las Condiciones Particulares, Condiciones Generales y Condiciones Espec\u00edficas que integran el presente constancia. Los beneficios previstos para las distintas coberturas son independientes entre s\u00ed, a excepci\u00f3n de los importes abonados en concepto de Incapacidad Permanente, los que se deducen del beneficio a abonar en caso de fallecimiento del Asegurado. La cobertura se extiende al tr\u00e1nsito y\/o permanencia del Asegurado en el extranjero, salvo en pa\u00edses que no mantengan relaciones diplom\u00e1ticas con la Rep\u00fablica Argentina."},"excludes":{"RIESGOS NO CUBIERTOS":"Se excluyen expresamente de este seguro: \na) Los accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura de este seguro o las consecuencias de accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura, as\u00ed como las consecuencias o secuelas de un accidente cubierto que se manifiesten despu\u00e9s de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de su ocurrencia. \nb) Los tratamientos psiqui\u00e1tricos y\/o psicol\u00f3gicos, trastornos de enajenaci\u00f3n mental, estados de depresi\u00f3n ps\u00edquico nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones cl\u00ednicas. \nc) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de perturbaci\u00f3n mental, sonambulismo, embriaguez, a causa del abuso de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o substancias medicamentosas, no prescriptos o no utilizados de acuerdo a las instrucciones m\u00e9dicas. \nd) Los accidentes que el Asegurado, el Tomador o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado. \ne) Los accidentes causados por hechos de guerra, invasi\u00f3n, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones b\u00e9licas, sea que haya habido o no declaraci\u00f3n de guerra civil, insurrecci\u00f3n, sublevaci\u00f3n, rebeli\u00f3n, sedici\u00f3n, mot\u00edn, guerrilla, terrorismo, revoluciones, tumultos populares, lock-out, o hechos que las leyes califican como delitos contra la inseguridad interior del Estado. \nf) Los accidentes que guarden relaci\u00f3n directa con radiaci\u00f3n o reacci\u00f3n nuclear o contaminaci\u00f3n radiactiva y otros fen\u00f3menos s\u00edsmicos o meteorol\u00f3gicos de car\u00e1cter extraordinario o catastr\u00f3fico. \ng) Los accidentes derivados de la pr\u00e1ctica profesional o como aficionado de los siguientes deportes: deportes a\u00e9reos (paracaidismo u otros), salto con el\u00e1stico (bungee, puenting), caza mayor, monta\u00f1ismo, escalada (con excepci\u00f3n de la escalada sobre bloque y\/o muro artificial), excursiones en alta monta\u00f1a a m\u00e1s de 3 000 metros de altura, espeleolog\u00eda, equitaci\u00f3n (con excepci\u00f3n de la excursi\u00f3n ecuestre y ejercicios de preparaci\u00f3n) y atalajes, boxeo, boxeo americano ( o full contact), o ingl\u00e9s, o tailand\u00e9s, catch, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, deportes de nieve, con excepci\u00f3n de esqu\u00ed, monoesqu\u00ed y surf sobre pistas, deportes mec\u00e1nicos (automovilismo, motociclismo), deportes n\u00e1uticos sin vigilancia (con excepci\u00f3n del yatching a menos de 20 millas n\u00e1uticas de las costas, submarinismo a menos de 20 metros de profundidad y de la nataci\u00f3n), moton\u00e1utica, jet- esqui o scooter de mar, y otros deportes notoriamente peligrosos. \nh) La participaci\u00f3n en competiciones, ejercicios de acrobacia, pruebas de car\u00e1cter excepcional o torneos organizados por federaciones deportivas.\ni) La utilizaci\u00f3n, como pasajero o tripulante, de medios de navegaci\u00f3n a\u00e9rea no autorizados para el transporte p\u00fablico de pasajeros, as\u00ed como de helic\u00f3pteros. \nj) Manipulaci\u00f3n de explosivos \nk) Las hernias, las rupturas musculares no tendinosas, los lumbagos agudos (dolor de cintura) \nl)Afecciones no org\u00e1nicas, es decir, que no se traducen por signos objetivos revelados por examen cl\u00ednico o por ex\u00e1menes complementares que acaben por clasificarlos en la categor\u00eda de enfermedades. \nm) La participaci\u00f3n en duelo, crimen, delito intencional o ri\u00f1a, excepto en caso de leg\u00edtima defensa. \nn) Participaci\u00f3n en acciones militares y\/o policiales.","PERSONAS NO ASEGURABLES":"No son asegurables las personas menores a la edad m\u00ednima de ingreso, ni mayores a la edad m\u00e1xima de ingreso, ambas previstas en las condiciones particulares de la constancia"},"description":{"PREEMINENCIA NORMATIVA":"Este comprobante consta de Condiciones Generales, Condiciones Generales Espec\u00edficas, Condiciones Espec\u00edficas y Condiciones Particulares. En caso de discordancia entre las mismas, regir\u00e1 el siguiente orden de prelaci\u00f3n: Condiciones Particulares Condiciones Espec\u00edficas Condiciones Generales Espec\u00edficas Condiciones Generales","DEFINICION DE ACCIDENTE":"A los efectos de este seguro, se entiende por accidente a toda lesi\u00f3n corporal sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por una causa fortuita, exterior, s\u00fabita y violenta, y que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta. Se excluyen todas las lesiones que sean consecuencias de enfermedades o des\u00f3rdenes f\u00edsicos.","CARGAS DEL ASEGURADO O BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"El Asegurado o los beneficiarios comunicar\u00e1n al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres (3) d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. \nDesde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador las certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n, cuando le sea requerido por el Asegurador, con una frecuencia no inferior a quince (15) d\u00edas. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. \nEl Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, constancias de intervenci\u00f3n policial o diligencias judiciales si correspondiera, y a permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. \nEn caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. \nLa autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios."},"reference_number":"16022255","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":510276864,"name":"CNP","legal_name":"CNP Assurances Compa\u00f1\u00eda de Seguros S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/CNP_Seguros_Color_RGB%20sin%20fondo.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30682408622","document_nice":"CUIT 30682408622","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma_certificado_sin_fondo_1.png"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":1260,"quantity":"1","sub_total_price":1260,"units":1,"total_price":1260,"total_credits_win":315,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:04.991395Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:04","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 1.260,00","sub_total_price_nice":"ARS 1.260,00","total_price_nice":"ARS 1.260,00"}}
CNP

Seguro de accidentes personales para ciclismo - laborales in itinere hasta 40.000.000.

Asegurate hasta $40.000.000 por Muerte e Incapacidad y $4.000.000 por Gastos Médicos contra accidentes mientras estás trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 años. Cuenta con una franquicia por $16.000

ARS 1.260,00

Precio final

Alcance
Jornada Laboral e In Itinere
Monto muerte accidental
ARS 40.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 40.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 4.000.000,00
Altura máxima
60
Edad máxima
69 años
Edad mínima
14 años
Monto sepelio ARS 800.000,00
Monto hospitalización diaria ARS 20.000,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":1358140016,"float":237.15,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":360852552,"name":"CNP 30M CAT 3y4","short_code":"cnp30m-cat3y4","public_name":"Seguro de Accidentes Personales Laborales in itinere hasta 30.000.000.","public_description":"Asegurate hasta $30.000.000 por Muerte e Incapacidad y $3.000.000 por Gastos M\u00e9dicos contra accidentes mientras est\u00e1s trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 a\u00f1os. Cuenta con una franquicia por $12.000","description":{"scope":"Jornada Laboral e In Itinere","max_age":69,"min_age":14,"initinere":true,"death_amount":30000000,"burial_amount":600000,"insured_amount":30000000,"maximum_height":60,"deductible_amount":12000,"disability_amount":30000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":3000000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":15000,"death_amount_nice":"ARS 30.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 600.000,00","insured_amount_nice":"ARS 30.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 12.000,00","disability_amount_nice":"ARS 30.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 3.000.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 15.000,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2025-04-23 22:30:26","policy":{"id":1757693054,"name":"CNP - Accidentes Personales Unificada","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":221252352,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"COBERTURA":"El Asegurador se compromete al pago de los beneficios estipulados en las Condiciones Espec\u00edficas de las coberturas que se indican en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza, cuando el Asegurado sufra durante la vigencia del seguro alguna de las contingencias previstas en las coberturas contratadas a causa de un accidente cubierto, siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten dentro de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de ocurrencia del mismo, sujeto a los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en las Condiciones Particulares, Condiciones Generales y Condiciones Espec\u00edficas que integran el presente constancia. Los beneficios previstos para las distintas coberturas son independientes entre s\u00ed, a excepci\u00f3n de los importes abonados en concepto de Incapacidad Permanente, los que se deducen del beneficio a abonar en caso de fallecimiento del Asegurado. La cobertura se extiende al tr\u00e1nsito y\/o permanencia del Asegurado en el extranjero, salvo en pa\u00edses que no mantengan relaciones diplom\u00e1ticas con la Rep\u00fablica Argentina."},"excludes":{"RIESGOS NO CUBIERTOS":"Se excluyen expresamente de este seguro: \na) Los accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura de este seguro o las consecuencias de accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura, as\u00ed como las consecuencias o secuelas de un accidente cubierto que se manifiesten despu\u00e9s de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de su ocurrencia. \nb) Los tratamientos psiqui\u00e1tricos y\/o psicol\u00f3gicos, trastornos de enajenaci\u00f3n mental, estados de depresi\u00f3n ps\u00edquico nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones cl\u00ednicas. \nc) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de perturbaci\u00f3n mental, sonambulismo, embriaguez, a causa del abuso de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o substancias medicamentosas, no prescriptos o no utilizados de acuerdo a las instrucciones m\u00e9dicas. \nd) Los accidentes que el Asegurado, el Tomador o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado. \ne) Los accidentes causados por hechos de guerra, invasi\u00f3n, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones b\u00e9licas, sea que haya habido o no declaraci\u00f3n de guerra civil, insurrecci\u00f3n, sublevaci\u00f3n, rebeli\u00f3n, sedici\u00f3n, mot\u00edn, guerrilla, terrorismo, revoluciones, tumultos populares, lock-out, o hechos que las leyes califican como delitos contra la inseguridad interior del Estado. \nf) Los accidentes que guarden relaci\u00f3n directa con radiaci\u00f3n o reacci\u00f3n nuclear o contaminaci\u00f3n radiactiva y otros fen\u00f3menos s\u00edsmicos o meteorol\u00f3gicos de car\u00e1cter extraordinario o catastr\u00f3fico. \ng) Los accidentes derivados de la pr\u00e1ctica profesional o como aficionado de los siguientes deportes: deportes a\u00e9reos (paracaidismo u otros), salto con el\u00e1stico (bungee, puenting), caza mayor, monta\u00f1ismo, escalada (con excepci\u00f3n de la escalada sobre bloque y\/o muro artificial), excursiones en alta monta\u00f1a a m\u00e1s de 3 000 metros de altura, espeleolog\u00eda, equitaci\u00f3n (con excepci\u00f3n de la excursi\u00f3n ecuestre y ejercicios de preparaci\u00f3n) y atalajes, boxeo, boxeo americano ( o full contact), o ingl\u00e9s, o tailand\u00e9s, catch, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, deportes de nieve, con excepci\u00f3n de esqu\u00ed, monoesqu\u00ed y surf sobre pistas, deportes mec\u00e1nicos (automovilismo, motociclismo), deportes n\u00e1uticos sin vigilancia (con excepci\u00f3n del yatching a menos de 20 millas n\u00e1uticas de las costas, submarinismo a menos de 20 metros de profundidad y de la nataci\u00f3n), moton\u00e1utica, jet- esqui o scooter de mar, y otros deportes notoriamente peligrosos. \nh) La participaci\u00f3n en competiciones, ejercicios de acrobacia, pruebas de car\u00e1cter excepcional o torneos organizados por federaciones deportivas.\ni) La utilizaci\u00f3n, como pasajero o tripulante, de medios de navegaci\u00f3n a\u00e9rea no autorizados para el transporte p\u00fablico de pasajeros, as\u00ed como de helic\u00f3pteros. \nj) Manipulaci\u00f3n de explosivos \nk) Las hernias, las rupturas musculares no tendinosas, los lumbagos agudos (dolor de cintura) \nl)Afecciones no org\u00e1nicas, es decir, que no se traducen por signos objetivos revelados por examen cl\u00ednico o por ex\u00e1menes complementares que acaben por clasificarlos en la categor\u00eda de enfermedades. \nm) La participaci\u00f3n en duelo, crimen, delito intencional o ri\u00f1a, excepto en caso de leg\u00edtima defensa. \nn) Participaci\u00f3n en acciones militares y\/o policiales.","PERSONAS NO ASEGURABLES":"No son asegurables las personas menores a la edad m\u00ednima de ingreso, ni mayores a la edad m\u00e1xima de ingreso, ambas previstas en las condiciones particulares de la constancia"},"description":{"PREEMINENCIA NORMATIVA":"Este comprobante consta de Condiciones Generales, Condiciones Generales Espec\u00edficas, Condiciones Espec\u00edficas y Condiciones Particulares. En caso de discordancia entre las mismas, regir\u00e1 el siguiente orden de prelaci\u00f3n: Condiciones Particulares Condiciones Espec\u00edficas Condiciones Generales Espec\u00edficas Condiciones Generales","DEFINICION DE ACCIDENTE":"A los efectos de este seguro, se entiende por accidente a toda lesi\u00f3n corporal sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por una causa fortuita, exterior, s\u00fabita y violenta, y que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta. Se excluyen todas las lesiones que sean consecuencias de enfermedades o des\u00f3rdenes f\u00edsicos.","CARGAS DEL ASEGURADO O BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"El Asegurado o los beneficiarios comunicar\u00e1n al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres (3) d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. \nDesde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador las certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n, cuando le sea requerido por el Asegurador, con una frecuencia no inferior a quince (15) d\u00edas. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. \nEl Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, constancias de intervenci\u00f3n policial o diligencias judiciales si correspondiera, y a permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. \nEn caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. \nLa autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios."},"reference_number":"16022255","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":510276864,"name":"CNP","legal_name":"CNP Assurances Compa\u00f1\u00eda de Seguros S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/CNP_Seguros_Color_RGB%20sin%20fondo.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30682408622","document_nice":"CUIT 30682408622","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma_certificado_sin_fondo_1.png"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":948.6,"quantity":"1","sub_total_price":948.6,"units":1,"total_price":948.6,"total_credits_win":237.15,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:05.030622Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:05","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 948,60","sub_total_price_nice":"ARS 948,60","total_price_nice":"ARS 948,60"}}
CNP

Seguro de accidentes personales para ciclismo - laborales in itinere hasta 30.000.000.

Asegurate hasta $30.000.000 por Muerte e Incapacidad y $3.000.000 por Gastos Médicos contra accidentes mientras estás trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 años. Cuenta con una franquicia por $12.000

ARS 948,60

Precio final

Alcance
Jornada Laboral e In Itinere
Monto muerte accidental
ARS 30.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 30.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 3.000.000,00
Altura máxima
60
Edad máxima
69 años
Edad mínima
14 años
Monto sepelio ARS 600.000,00
Monto hospitalización diaria ARS 15.000,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":1911893869,"float":197.63,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":437299046,"name":"CNP 25M CAT 3y4","short_code":"cnp25m-cat3y4","public_name":"Seguro de Accidentes Personales Laborales in itinere hasta 25.000.000.","public_description":"Asegurate hasta $25.000.000 por Muerte e Incapacidad y $2.500.000 por Gastos M\u00e9dicos contra accidentes mientras est\u00e1s trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 a\u00f1os. Cuenta con una franquicia por $10.000","description":{"scope":"Jornada Laboral e In Itinere","max_age":69,"min_age":14,"initinere":true,"death_amount":25000000,"burial_amount":500000,"insured_amount":25000000,"maximum_height":60,"deductible_amount":10000,"disability_amount":25000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":2500000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":12500,"death_amount_nice":"ARS 25.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 500.000,00","insured_amount_nice":"ARS 25.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 10.000,00","disability_amount_nice":"ARS 25.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 2.500.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 12.500,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2025-04-23 22:26:04","policy":{"id":1757693054,"name":"CNP - Accidentes Personales Unificada","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":221252352,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"COBERTURA":"El Asegurador se compromete al pago de los beneficios estipulados en las Condiciones Espec\u00edficas de las coberturas que se indican en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza, cuando el Asegurado sufra durante la vigencia del seguro alguna de las contingencias previstas en las coberturas contratadas a causa de un accidente cubierto, siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten dentro de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de ocurrencia del mismo, sujeto a los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en las Condiciones Particulares, Condiciones Generales y Condiciones Espec\u00edficas que integran el presente constancia. Los beneficios previstos para las distintas coberturas son independientes entre s\u00ed, a excepci\u00f3n de los importes abonados en concepto de Incapacidad Permanente, los que se deducen del beneficio a abonar en caso de fallecimiento del Asegurado. La cobertura se extiende al tr\u00e1nsito y\/o permanencia del Asegurado en el extranjero, salvo en pa\u00edses que no mantengan relaciones diplom\u00e1ticas con la Rep\u00fablica Argentina."},"excludes":{"RIESGOS NO CUBIERTOS":"Se excluyen expresamente de este seguro: \na) Los accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura de este seguro o las consecuencias de accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura, as\u00ed como las consecuencias o secuelas de un accidente cubierto que se manifiesten despu\u00e9s de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de su ocurrencia. \nb) Los tratamientos psiqui\u00e1tricos y\/o psicol\u00f3gicos, trastornos de enajenaci\u00f3n mental, estados de depresi\u00f3n ps\u00edquico nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones cl\u00ednicas. \nc) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de perturbaci\u00f3n mental, sonambulismo, embriaguez, a causa del abuso de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o substancias medicamentosas, no prescriptos o no utilizados de acuerdo a las instrucciones m\u00e9dicas. \nd) Los accidentes que el Asegurado, el Tomador o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado. \ne) Los accidentes causados por hechos de guerra, invasi\u00f3n, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones b\u00e9licas, sea que haya habido o no declaraci\u00f3n de guerra civil, insurrecci\u00f3n, sublevaci\u00f3n, rebeli\u00f3n, sedici\u00f3n, mot\u00edn, guerrilla, terrorismo, revoluciones, tumultos populares, lock-out, o hechos que las leyes califican como delitos contra la inseguridad interior del Estado. \nf) Los accidentes que guarden relaci\u00f3n directa con radiaci\u00f3n o reacci\u00f3n nuclear o contaminaci\u00f3n radiactiva y otros fen\u00f3menos s\u00edsmicos o meteorol\u00f3gicos de car\u00e1cter extraordinario o catastr\u00f3fico. \ng) Los accidentes derivados de la pr\u00e1ctica profesional o como aficionado de los siguientes deportes: deportes a\u00e9reos (paracaidismo u otros), salto con el\u00e1stico (bungee, puenting), caza mayor, monta\u00f1ismo, escalada (con excepci\u00f3n de la escalada sobre bloque y\/o muro artificial), excursiones en alta monta\u00f1a a m\u00e1s de 3 000 metros de altura, espeleolog\u00eda, equitaci\u00f3n (con excepci\u00f3n de la excursi\u00f3n ecuestre y ejercicios de preparaci\u00f3n) y atalajes, boxeo, boxeo americano ( o full contact), o ingl\u00e9s, o tailand\u00e9s, catch, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, deportes de nieve, con excepci\u00f3n de esqu\u00ed, monoesqu\u00ed y surf sobre pistas, deportes mec\u00e1nicos (automovilismo, motociclismo), deportes n\u00e1uticos sin vigilancia (con excepci\u00f3n del yatching a menos de 20 millas n\u00e1uticas de las costas, submarinismo a menos de 20 metros de profundidad y de la nataci\u00f3n), moton\u00e1utica, jet- esqui o scooter de mar, y otros deportes notoriamente peligrosos. \nh) La participaci\u00f3n en competiciones, ejercicios de acrobacia, pruebas de car\u00e1cter excepcional o torneos organizados por federaciones deportivas.\ni) La utilizaci\u00f3n, como pasajero o tripulante, de medios de navegaci\u00f3n a\u00e9rea no autorizados para el transporte p\u00fablico de pasajeros, as\u00ed como de helic\u00f3pteros. \nj) Manipulaci\u00f3n de explosivos \nk) Las hernias, las rupturas musculares no tendinosas, los lumbagos agudos (dolor de cintura) \nl)Afecciones no org\u00e1nicas, es decir, que no se traducen por signos objetivos revelados por examen cl\u00ednico o por ex\u00e1menes complementares que acaben por clasificarlos en la categor\u00eda de enfermedades. \nm) La participaci\u00f3n en duelo, crimen, delito intencional o ri\u00f1a, excepto en caso de leg\u00edtima defensa. \nn) Participaci\u00f3n en acciones militares y\/o policiales.","PERSONAS NO ASEGURABLES":"No son asegurables las personas menores a la edad m\u00ednima de ingreso, ni mayores a la edad m\u00e1xima de ingreso, ambas previstas en las condiciones particulares de la constancia"},"description":{"PREEMINENCIA NORMATIVA":"Este comprobante consta de Condiciones Generales, Condiciones Generales Espec\u00edficas, Condiciones Espec\u00edficas y Condiciones Particulares. En caso de discordancia entre las mismas, regir\u00e1 el siguiente orden de prelaci\u00f3n: Condiciones Particulares Condiciones Espec\u00edficas Condiciones Generales Espec\u00edficas Condiciones Generales","DEFINICION DE ACCIDENTE":"A los efectos de este seguro, se entiende por accidente a toda lesi\u00f3n corporal sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por una causa fortuita, exterior, s\u00fabita y violenta, y que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta. Se excluyen todas las lesiones que sean consecuencias de enfermedades o des\u00f3rdenes f\u00edsicos.","CARGAS DEL ASEGURADO O BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"El Asegurado o los beneficiarios comunicar\u00e1n al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres (3) d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. \nDesde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador las certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n, cuando le sea requerido por el Asegurador, con una frecuencia no inferior a quince (15) d\u00edas. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. \nEl Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, constancias de intervenci\u00f3n policial o diligencias judiciales si correspondiera, y a permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. \nEn caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. \nLa autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios."},"reference_number":"16022255","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":510276864,"name":"CNP","legal_name":"CNP Assurances Compa\u00f1\u00eda de Seguros S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/CNP_Seguros_Color_RGB%20sin%20fondo.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30682408622","document_nice":"CUIT 30682408622","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma_certificado_sin_fondo_1.png"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":790.52,"quantity":"1","sub_total_price":790.52,"units":1,"total_price":790.52,"total_credits_win":197.63,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:05.061391Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:05","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 790,52","sub_total_price_nice":"ARS 790,52","total_price_nice":"ARS 790,52"}}
CNP

Seguro de accidentes personales para ciclismo - laborales in itinere hasta 25.000.000.

Asegurate hasta $25.000.000 por Muerte e Incapacidad y $2.500.000 por Gastos Médicos contra accidentes mientras estás trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 años. Cuenta con una franquicia por $10.000

ARS 790,52

Precio final

Alcance
Jornada Laboral e In Itinere
Monto muerte accidental
ARS 25.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 25.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 2.500.000,00
Altura máxima
60
Edad máxima
69 años
Edad mínima
14 años
Monto sepelio ARS 500.000,00
Monto hospitalización diaria ARS 12.500,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":317242474,"float":158.1,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":547697340,"name":"CNP 20M CAT 3y4","short_code":"cnp20m-cat3y4","public_name":"Seguro de Accidentes Personales Laborales in itinere hasta $20.000.000.","public_description":"Asegurate hasta $20.000.000 por Muerte e Incapacidad y $2.000.000 por Gastos M\u00e9dicos contra accidentes mientras est\u00e1s trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 a\u00f1os. Cuenta con una franquicia por $8.000","description":{"scope":"Jornada Laboral e In Itinere","max_age":69,"min_age":14,"initinere":true,"death_amount":20000000,"burial_amount":400000,"insured_amount":20000000,"maximum_height":60,"deductible_amount":8000,"disability_amount":20000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":2000000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":10000,"death_amount_nice":"ARS 20.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 400.000,00","insured_amount_nice":"ARS 20.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 8.000,00","disability_amount_nice":"ARS 20.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 2.000.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 10.000,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2025-04-23 21:59:35","policy":{"id":1757693054,"name":"CNP - Accidentes Personales Unificada","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":221252352,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"COBERTURA":"El Asegurador se compromete al pago de los beneficios estipulados en las Condiciones Espec\u00edficas de las coberturas que se indican en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza, cuando el Asegurado sufra durante la vigencia del seguro alguna de las contingencias previstas en las coberturas contratadas a causa de un accidente cubierto, siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten dentro de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de ocurrencia del mismo, sujeto a los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en las Condiciones Particulares, Condiciones Generales y Condiciones Espec\u00edficas que integran el presente constancia. Los beneficios previstos para las distintas coberturas son independientes entre s\u00ed, a excepci\u00f3n de los importes abonados en concepto de Incapacidad Permanente, los que se deducen del beneficio a abonar en caso de fallecimiento del Asegurado. La cobertura se extiende al tr\u00e1nsito y\/o permanencia del Asegurado en el extranjero, salvo en pa\u00edses que no mantengan relaciones diplom\u00e1ticas con la Rep\u00fablica Argentina."},"excludes":{"RIESGOS NO CUBIERTOS":"Se excluyen expresamente de este seguro: \na) Los accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura de este seguro o las consecuencias de accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura, as\u00ed como las consecuencias o secuelas de un accidente cubierto que se manifiesten despu\u00e9s de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de su ocurrencia. \nb) Los tratamientos psiqui\u00e1tricos y\/o psicol\u00f3gicos, trastornos de enajenaci\u00f3n mental, estados de depresi\u00f3n ps\u00edquico nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones cl\u00ednicas. \nc) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de perturbaci\u00f3n mental, sonambulismo, embriaguez, a causa del abuso de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o substancias medicamentosas, no prescriptos o no utilizados de acuerdo a las instrucciones m\u00e9dicas. \nd) Los accidentes que el Asegurado, el Tomador o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado. \ne) Los accidentes causados por hechos de guerra, invasi\u00f3n, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones b\u00e9licas, sea que haya habido o no declaraci\u00f3n de guerra civil, insurrecci\u00f3n, sublevaci\u00f3n, rebeli\u00f3n, sedici\u00f3n, mot\u00edn, guerrilla, terrorismo, revoluciones, tumultos populares, lock-out, o hechos que las leyes califican como delitos contra la inseguridad interior del Estado. \nf) Los accidentes que guarden relaci\u00f3n directa con radiaci\u00f3n o reacci\u00f3n nuclear o contaminaci\u00f3n radiactiva y otros fen\u00f3menos s\u00edsmicos o meteorol\u00f3gicos de car\u00e1cter extraordinario o catastr\u00f3fico. \ng) Los accidentes derivados de la pr\u00e1ctica profesional o como aficionado de los siguientes deportes: deportes a\u00e9reos (paracaidismo u otros), salto con el\u00e1stico (bungee, puenting), caza mayor, monta\u00f1ismo, escalada (con excepci\u00f3n de la escalada sobre bloque y\/o muro artificial), excursiones en alta monta\u00f1a a m\u00e1s de 3 000 metros de altura, espeleolog\u00eda, equitaci\u00f3n (con excepci\u00f3n de la excursi\u00f3n ecuestre y ejercicios de preparaci\u00f3n) y atalajes, boxeo, boxeo americano ( o full contact), o ingl\u00e9s, o tailand\u00e9s, catch, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, deportes de nieve, con excepci\u00f3n de esqu\u00ed, monoesqu\u00ed y surf sobre pistas, deportes mec\u00e1nicos (automovilismo, motociclismo), deportes n\u00e1uticos sin vigilancia (con excepci\u00f3n del yatching a menos de 20 millas n\u00e1uticas de las costas, submarinismo a menos de 20 metros de profundidad y de la nataci\u00f3n), moton\u00e1utica, jet- esqui o scooter de mar, y otros deportes notoriamente peligrosos. \nh) La participaci\u00f3n en competiciones, ejercicios de acrobacia, pruebas de car\u00e1cter excepcional o torneos organizados por federaciones deportivas.\ni) La utilizaci\u00f3n, como pasajero o tripulante, de medios de navegaci\u00f3n a\u00e9rea no autorizados para el transporte p\u00fablico de pasajeros, as\u00ed como de helic\u00f3pteros. \nj) Manipulaci\u00f3n de explosivos \nk) Las hernias, las rupturas musculares no tendinosas, los lumbagos agudos (dolor de cintura) \nl)Afecciones no org\u00e1nicas, es decir, que no se traducen por signos objetivos revelados por examen cl\u00ednico o por ex\u00e1menes complementares que acaben por clasificarlos en la categor\u00eda de enfermedades. \nm) La participaci\u00f3n en duelo, crimen, delito intencional o ri\u00f1a, excepto en caso de leg\u00edtima defensa. \nn) Participaci\u00f3n en acciones militares y\/o policiales.","PERSONAS NO ASEGURABLES":"No son asegurables las personas menores a la edad m\u00ednima de ingreso, ni mayores a la edad m\u00e1xima de ingreso, ambas previstas en las condiciones particulares de la constancia"},"description":{"PREEMINENCIA NORMATIVA":"Este comprobante consta de Condiciones Generales, Condiciones Generales Espec\u00edficas, Condiciones Espec\u00edficas y Condiciones Particulares. En caso de discordancia entre las mismas, regir\u00e1 el siguiente orden de prelaci\u00f3n: Condiciones Particulares Condiciones Espec\u00edficas Condiciones Generales Espec\u00edficas Condiciones Generales","DEFINICION DE ACCIDENTE":"A los efectos de este seguro, se entiende por accidente a toda lesi\u00f3n corporal sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por una causa fortuita, exterior, s\u00fabita y violenta, y que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta. Se excluyen todas las lesiones que sean consecuencias de enfermedades o des\u00f3rdenes f\u00edsicos.","CARGAS DEL ASEGURADO O BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"El Asegurado o los beneficiarios comunicar\u00e1n al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres (3) d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. \nDesde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador las certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n, cuando le sea requerido por el Asegurador, con una frecuencia no inferior a quince (15) d\u00edas. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. \nEl Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, constancias de intervenci\u00f3n policial o diligencias judiciales si correspondiera, y a permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. \nEn caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. \nLa autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios."},"reference_number":"16022255","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":510276864,"name":"CNP","legal_name":"CNP Assurances Compa\u00f1\u00eda de Seguros S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/CNP_Seguros_Color_RGB%20sin%20fondo.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30682408622","document_nice":"CUIT 30682408622","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma_certificado_sin_fondo_1.png"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":632.4,"quantity":"1","sub_total_price":632.4,"units":1,"total_price":632.4,"total_credits_win":158.1,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:05.091736Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:05","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 632,40","sub_total_price_nice":"ARS 632,40","total_price_nice":"ARS 632,40"}}
CNP

Seguro de accidentes personales para ciclismo - laborales in itinere hasta $20.000.000.

Asegurate hasta $20.000.000 por Muerte e Incapacidad y $2.000.000 por Gastos Médicos contra accidentes mientras estás trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 años. Cuenta con una franquicia por $8.000

ARS 632,40

Precio final

Alcance
Jornada Laboral e In Itinere
Monto muerte accidental
ARS 20.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 20.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 2.000.000,00
Altura máxima
60
Edad máxima
69 años
Edad mínima
14 años
Monto sepelio ARS 400.000,00
Monto hospitalización diaria ARS 10.000,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":870467943,"float":118.58,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":623627738,"name":"CNP 15M CAT 3Y4","short_code":"cnp15m-cat3y4","public_name":"Seguro de Accidentes Personales Laborales in itinere hasta 15.000.000.","public_description":"Asegurate hasta $15.000.000 por Muerte e Incapacidad y $1.500.000 por Gastos M\u00e9dicos contra accidentes mientras est\u00e1s trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 a\u00f1os. Cuenta con una franquicia por $6.000","description":{"scope":"Jornada Laboral e In Itinere","max_age":69,"min_age":14,"initinere":true,"death_amount":15000000,"burial_amount":300000,"insured_amount":15000000,"maximum_height":60,"deductible_amount":6000,"disability_amount":15000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":1500000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":7500,"death_amount_nice":"ARS 15.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 300.000,00","insured_amount_nice":"ARS 15.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 6.000,00","disability_amount_nice":"ARS 15.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 1.500.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 7.500,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2025-04-23 21:23:07","policy":{"id":1757693054,"name":"CNP - Accidentes Personales Unificada","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":221252352,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"COBERTURA":"El Asegurador se compromete al pago de los beneficios estipulados en las Condiciones Espec\u00edficas de las coberturas que se indican en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza, cuando el Asegurado sufra durante la vigencia del seguro alguna de las contingencias previstas en las coberturas contratadas a causa de un accidente cubierto, siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten dentro de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de ocurrencia del mismo, sujeto a los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en las Condiciones Particulares, Condiciones Generales y Condiciones Espec\u00edficas que integran el presente constancia. Los beneficios previstos para las distintas coberturas son independientes entre s\u00ed, a excepci\u00f3n de los importes abonados en concepto de Incapacidad Permanente, los que se deducen del beneficio a abonar en caso de fallecimiento del Asegurado. La cobertura se extiende al tr\u00e1nsito y\/o permanencia del Asegurado en el extranjero, salvo en pa\u00edses que no mantengan relaciones diplom\u00e1ticas con la Rep\u00fablica Argentina."},"excludes":{"RIESGOS NO CUBIERTOS":"Se excluyen expresamente de este seguro: \na) Los accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura de este seguro o las consecuencias de accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura, as\u00ed como las consecuencias o secuelas de un accidente cubierto que se manifiesten despu\u00e9s de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de su ocurrencia. \nb) Los tratamientos psiqui\u00e1tricos y\/o psicol\u00f3gicos, trastornos de enajenaci\u00f3n mental, estados de depresi\u00f3n ps\u00edquico nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones cl\u00ednicas. \nc) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de perturbaci\u00f3n mental, sonambulismo, embriaguez, a causa del abuso de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o substancias medicamentosas, no prescriptos o no utilizados de acuerdo a las instrucciones m\u00e9dicas. \nd) Los accidentes que el Asegurado, el Tomador o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado. \ne) Los accidentes causados por hechos de guerra, invasi\u00f3n, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones b\u00e9licas, sea que haya habido o no declaraci\u00f3n de guerra civil, insurrecci\u00f3n, sublevaci\u00f3n, rebeli\u00f3n, sedici\u00f3n, mot\u00edn, guerrilla, terrorismo, revoluciones, tumultos populares, lock-out, o hechos que las leyes califican como delitos contra la inseguridad interior del Estado. \nf) Los accidentes que guarden relaci\u00f3n directa con radiaci\u00f3n o reacci\u00f3n nuclear o contaminaci\u00f3n radiactiva y otros fen\u00f3menos s\u00edsmicos o meteorol\u00f3gicos de car\u00e1cter extraordinario o catastr\u00f3fico. \ng) Los accidentes derivados de la pr\u00e1ctica profesional o como aficionado de los siguientes deportes: deportes a\u00e9reos (paracaidismo u otros), salto con el\u00e1stico (bungee, puenting), caza mayor, monta\u00f1ismo, escalada (con excepci\u00f3n de la escalada sobre bloque y\/o muro artificial), excursiones en alta monta\u00f1a a m\u00e1s de 3 000 metros de altura, espeleolog\u00eda, equitaci\u00f3n (con excepci\u00f3n de la excursi\u00f3n ecuestre y ejercicios de preparaci\u00f3n) y atalajes, boxeo, boxeo americano ( o full contact), o ingl\u00e9s, o tailand\u00e9s, catch, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, deportes de nieve, con excepci\u00f3n de esqu\u00ed, monoesqu\u00ed y surf sobre pistas, deportes mec\u00e1nicos (automovilismo, motociclismo), deportes n\u00e1uticos sin vigilancia (con excepci\u00f3n del yatching a menos de 20 millas n\u00e1uticas de las costas, submarinismo a menos de 20 metros de profundidad y de la nataci\u00f3n), moton\u00e1utica, jet- esqui o scooter de mar, y otros deportes notoriamente peligrosos. \nh) La participaci\u00f3n en competiciones, ejercicios de acrobacia, pruebas de car\u00e1cter excepcional o torneos organizados por federaciones deportivas.\ni) La utilizaci\u00f3n, como pasajero o tripulante, de medios de navegaci\u00f3n a\u00e9rea no autorizados para el transporte p\u00fablico de pasajeros, as\u00ed como de helic\u00f3pteros. \nj) Manipulaci\u00f3n de explosivos \nk) Las hernias, las rupturas musculares no tendinosas, los lumbagos agudos (dolor de cintura) \nl)Afecciones no org\u00e1nicas, es decir, que no se traducen por signos objetivos revelados por examen cl\u00ednico o por ex\u00e1menes complementares que acaben por clasificarlos en la categor\u00eda de enfermedades. \nm) La participaci\u00f3n en duelo, crimen, delito intencional o ri\u00f1a, excepto en caso de leg\u00edtima defensa. \nn) Participaci\u00f3n en acciones militares y\/o policiales.","PERSONAS NO ASEGURABLES":"No son asegurables las personas menores a la edad m\u00ednima de ingreso, ni mayores a la edad m\u00e1xima de ingreso, ambas previstas en las condiciones particulares de la constancia"},"description":{"PREEMINENCIA NORMATIVA":"Este comprobante consta de Condiciones Generales, Condiciones Generales Espec\u00edficas, Condiciones Espec\u00edficas y Condiciones Particulares. En caso de discordancia entre las mismas, regir\u00e1 el siguiente orden de prelaci\u00f3n: Condiciones Particulares Condiciones Espec\u00edficas Condiciones Generales Espec\u00edficas Condiciones Generales","DEFINICION DE ACCIDENTE":"A los efectos de este seguro, se entiende por accidente a toda lesi\u00f3n corporal sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por una causa fortuita, exterior, s\u00fabita y violenta, y que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta. Se excluyen todas las lesiones que sean consecuencias de enfermedades o des\u00f3rdenes f\u00edsicos.","CARGAS DEL ASEGURADO O BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"El Asegurado o los beneficiarios comunicar\u00e1n al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres (3) d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. \nDesde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador las certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n, cuando le sea requerido por el Asegurador, con una frecuencia no inferior a quince (15) d\u00edas. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. \nEl Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, constancias de intervenci\u00f3n policial o diligencias judiciales si correspondiera, y a permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. \nEn caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. \nLa autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios."},"reference_number":"16022255","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":510276864,"name":"CNP","legal_name":"CNP Assurances Compa\u00f1\u00eda de Seguros S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/CNP_Seguros_Color_RGB%20sin%20fondo.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30682408622","document_nice":"CUIT 30682408622","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma_certificado_sin_fondo_1.png"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":474.32,"quantity":"1","sub_total_price":474.32,"units":1,"total_price":474.32,"total_credits_win":118.58,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:05.121926Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:05","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 474,32","sub_total_price_nice":"ARS 474,32","total_price_nice":"ARS 474,32"}}
CNP

Seguro de accidentes personales para ciclismo - laborales in itinere hasta 15.000.000.

Asegurate hasta $15.000.000 por Muerte e Incapacidad y $1.500.000 por Gastos Médicos contra accidentes mientras estás trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 años. Cuenta con una franquicia por $6.000

ARS 474,32

Precio final

Alcance
Jornada Laboral e In Itinere
Monto muerte accidental
ARS 15.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 15.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 1.500.000,00
Altura máxima
60
Edad máxima
69 años
Edad mínima
14 años
Monto sepelio ARS 300.000,00
Monto hospitalización diaria ARS 7.500,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":1424344732,"float":79.05,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":733501680,"name":"CNP 10M CAT 3y4","short_code":"cnp10m-cat3y4","public_name":"Seguro de Accidentes Personales Laborales in itinere hasta 10.000.000.","public_description":"Asegurate hasta $10.000.000 por Muerte e Incapacidad y $1.000.000 por Gastos M\u00e9dicos contra accidentes mientras est\u00e1s trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 a\u00f1os. Cuenta con una franquicia por $4.000","description":{"scope":"Jornada Laboral e In itinere","max_age":69,"min_age":14,"initinere":true,"death_amount":10000000,"burial_amount":200000,"insured_amount":10000000,"maximum_height":60,"deductible_amount":4000,"disability_amount":10000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":1000000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":5000,"death_amount_nice":"ARS 10.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 200.000,00","insured_amount_nice":"ARS 10.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 4.000,00","disability_amount_nice":"ARS 10.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 1.000.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 5.000,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2025-04-23 21:11:13","policy":{"id":1757693054,"name":"CNP - Accidentes Personales Unificada","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":221252352,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"COBERTURA":"El Asegurador se compromete al pago de los beneficios estipulados en las Condiciones Espec\u00edficas de las coberturas que se indican en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza, cuando el Asegurado sufra durante la vigencia del seguro alguna de las contingencias previstas en las coberturas contratadas a causa de un accidente cubierto, siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten dentro de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de ocurrencia del mismo, sujeto a los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en las Condiciones Particulares, Condiciones Generales y Condiciones Espec\u00edficas que integran el presente constancia. Los beneficios previstos para las distintas coberturas son independientes entre s\u00ed, a excepci\u00f3n de los importes abonados en concepto de Incapacidad Permanente, los que se deducen del beneficio a abonar en caso de fallecimiento del Asegurado. La cobertura se extiende al tr\u00e1nsito y\/o permanencia del Asegurado en el extranjero, salvo en pa\u00edses que no mantengan relaciones diplom\u00e1ticas con la Rep\u00fablica Argentina."},"excludes":{"RIESGOS NO CUBIERTOS":"Se excluyen expresamente de este seguro: \na) Los accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura de este seguro o las consecuencias de accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura, as\u00ed como las consecuencias o secuelas de un accidente cubierto que se manifiesten despu\u00e9s de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de su ocurrencia. \nb) Los tratamientos psiqui\u00e1tricos y\/o psicol\u00f3gicos, trastornos de enajenaci\u00f3n mental, estados de depresi\u00f3n ps\u00edquico nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones cl\u00ednicas. \nc) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de perturbaci\u00f3n mental, sonambulismo, embriaguez, a causa del abuso de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o substancias medicamentosas, no prescriptos o no utilizados de acuerdo a las instrucciones m\u00e9dicas. \nd) Los accidentes que el Asegurado, el Tomador o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado. \ne) Los accidentes causados por hechos de guerra, invasi\u00f3n, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones b\u00e9licas, sea que haya habido o no declaraci\u00f3n de guerra civil, insurrecci\u00f3n, sublevaci\u00f3n, rebeli\u00f3n, sedici\u00f3n, mot\u00edn, guerrilla, terrorismo, revoluciones, tumultos populares, lock-out, o hechos que las leyes califican como delitos contra la inseguridad interior del Estado. \nf) Los accidentes que guarden relaci\u00f3n directa con radiaci\u00f3n o reacci\u00f3n nuclear o contaminaci\u00f3n radiactiva y otros fen\u00f3menos s\u00edsmicos o meteorol\u00f3gicos de car\u00e1cter extraordinario o catastr\u00f3fico. \ng) Los accidentes derivados de la pr\u00e1ctica profesional o como aficionado de los siguientes deportes: deportes a\u00e9reos (paracaidismo u otros), salto con el\u00e1stico (bungee, puenting), caza mayor, monta\u00f1ismo, escalada (con excepci\u00f3n de la escalada sobre bloque y\/o muro artificial), excursiones en alta monta\u00f1a a m\u00e1s de 3 000 metros de altura, espeleolog\u00eda, equitaci\u00f3n (con excepci\u00f3n de la excursi\u00f3n ecuestre y ejercicios de preparaci\u00f3n) y atalajes, boxeo, boxeo americano ( o full contact), o ingl\u00e9s, o tailand\u00e9s, catch, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, deportes de nieve, con excepci\u00f3n de esqu\u00ed, monoesqu\u00ed y surf sobre pistas, deportes mec\u00e1nicos (automovilismo, motociclismo), deportes n\u00e1uticos sin vigilancia (con excepci\u00f3n del yatching a menos de 20 millas n\u00e1uticas de las costas, submarinismo a menos de 20 metros de profundidad y de la nataci\u00f3n), moton\u00e1utica, jet- esqui o scooter de mar, y otros deportes notoriamente peligrosos. \nh) La participaci\u00f3n en competiciones, ejercicios de acrobacia, pruebas de car\u00e1cter excepcional o torneos organizados por federaciones deportivas.\ni) La utilizaci\u00f3n, como pasajero o tripulante, de medios de navegaci\u00f3n a\u00e9rea no autorizados para el transporte p\u00fablico de pasajeros, as\u00ed como de helic\u00f3pteros. \nj) Manipulaci\u00f3n de explosivos \nk) Las hernias, las rupturas musculares no tendinosas, los lumbagos agudos (dolor de cintura) \nl)Afecciones no org\u00e1nicas, es decir, que no se traducen por signos objetivos revelados por examen cl\u00ednico o por ex\u00e1menes complementares que acaben por clasificarlos en la categor\u00eda de enfermedades. \nm) La participaci\u00f3n en duelo, crimen, delito intencional o ri\u00f1a, excepto en caso de leg\u00edtima defensa. \nn) Participaci\u00f3n en acciones militares y\/o policiales.","PERSONAS NO ASEGURABLES":"No son asegurables las personas menores a la edad m\u00ednima de ingreso, ni mayores a la edad m\u00e1xima de ingreso, ambas previstas en las condiciones particulares de la constancia"},"description":{"PREEMINENCIA NORMATIVA":"Este comprobante consta de Condiciones Generales, Condiciones Generales Espec\u00edficas, Condiciones Espec\u00edficas y Condiciones Particulares. En caso de discordancia entre las mismas, regir\u00e1 el siguiente orden de prelaci\u00f3n: Condiciones Particulares Condiciones Espec\u00edficas Condiciones Generales Espec\u00edficas Condiciones Generales","DEFINICION DE ACCIDENTE":"A los efectos de este seguro, se entiende por accidente a toda lesi\u00f3n corporal sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por una causa fortuita, exterior, s\u00fabita y violenta, y que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta. Se excluyen todas las lesiones que sean consecuencias de enfermedades o des\u00f3rdenes f\u00edsicos.","CARGAS DEL ASEGURADO O BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"El Asegurado o los beneficiarios comunicar\u00e1n al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres (3) d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. \nDesde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador las certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n, cuando le sea requerido por el Asegurador, con una frecuencia no inferior a quince (15) d\u00edas. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. \nEl Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, constancias de intervenci\u00f3n policial o diligencias judiciales si correspondiera, y a permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. \nEn caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. \nLa autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios."},"reference_number":"16022255","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":510276864,"name":"CNP","legal_name":"CNP Assurances Compa\u00f1\u00eda de Seguros S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/CNP_Seguros_Color_RGB%20sin%20fondo.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30682408622","document_nice":"CUIT 30682408622","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma_certificado_sin_fondo_1.png"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":316.2,"quantity":"1","sub_total_price":316.2,"units":1,"total_price":316.2,"total_credits_win":79.05,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:05.152358Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:05","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 316,20","sub_total_price_nice":"ARS 316,20","total_price_nice":"ARS 316,20"}}
CNP

Seguro de accidentes personales para ciclismo - laborales in itinere hasta 10.000.000.

Asegurate hasta $10.000.000 por Muerte e Incapacidad y $1.000.000 por Gastos Médicos contra accidentes mientras estás trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 años. Cuenta con una franquicia por $4.000

ARS 316,20

Precio final

Alcance
Jornada Laboral e In itinere
Monto muerte accidental
ARS 10.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 10.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 1.000.000,00
Altura máxima
60
Edad máxima
69 años
Edad mínima
14 años
Monto sepelio ARS 200.000,00
Monto hospitalización diaria ARS 5.000,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":1977570201,"float":47.43,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":835638286,"name":"CNP 6M CAT 3Y4","short_code":"cnp6m-cat3y4","public_name":"Seguro de Accidentes Personales Laborales in itinere hasta $6.000.000.","public_description":"Asegurate hasta $6.000.000 por Muerte e Incapacidad y $600.000 por Gastos M\u00e9dicos contra accidentes mientras est\u00e1s trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 a\u00f1os. Cuenta con una franquicia por $2.400","description":{"scope":"Jornada Laboral e In itinere","max_age":69,"min_age":14,"initinere":true,"death_amount":6000000,"burial_amount":120000,"insured_amount":6000000,"maximum_height":60,"deductible_amount":2400,"disability_amount":6000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":600000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":3000,"death_amount_nice":"ARS 6.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 120.000,00","insured_amount_nice":"ARS 6.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 2.400,00","disability_amount_nice":"ARS 6.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 600.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 3.000,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2025-04-23 21:01:46","policy":{"id":1757693054,"name":"CNP - Accidentes Personales Unificada","public_name":"Seguro de accidentes personales","public_description":"Seguro de accidentes personales","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":221252352,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"COBERTURA":"El Asegurador se compromete al pago de los beneficios estipulados en las Condiciones Espec\u00edficas de las coberturas que se indican en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza, cuando el Asegurado sufra durante la vigencia del seguro alguna de las contingencias previstas en las coberturas contratadas a causa de un accidente cubierto, siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten dentro de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de ocurrencia del mismo, sujeto a los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en las Condiciones Particulares, Condiciones Generales y Condiciones Espec\u00edficas que integran el presente constancia. Los beneficios previstos para las distintas coberturas son independientes entre s\u00ed, a excepci\u00f3n de los importes abonados en concepto de Incapacidad Permanente, los que se deducen del beneficio a abonar en caso de fallecimiento del Asegurado. La cobertura se extiende al tr\u00e1nsito y\/o permanencia del Asegurado en el extranjero, salvo en pa\u00edses que no mantengan relaciones diplom\u00e1ticas con la Rep\u00fablica Argentina."},"excludes":{"RIESGOS NO CUBIERTOS":"Se excluyen expresamente de este seguro: \na) Los accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura de este seguro o las consecuencias de accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura, as\u00ed como las consecuencias o secuelas de un accidente cubierto que se manifiesten despu\u00e9s de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de su ocurrencia. \nb) Los tratamientos psiqui\u00e1tricos y\/o psicol\u00f3gicos, trastornos de enajenaci\u00f3n mental, estados de depresi\u00f3n ps\u00edquico nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones cl\u00ednicas. \nc) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de perturbaci\u00f3n mental, sonambulismo, embriaguez, a causa del abuso de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o substancias medicamentosas, no prescriptos o no utilizados de acuerdo a las instrucciones m\u00e9dicas. \nd) Los accidentes que el Asegurado, el Tomador o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado. \ne) Los accidentes causados por hechos de guerra, invasi\u00f3n, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones b\u00e9licas, sea que haya habido o no declaraci\u00f3n de guerra civil, insurrecci\u00f3n, sublevaci\u00f3n, rebeli\u00f3n, sedici\u00f3n, mot\u00edn, guerrilla, terrorismo, revoluciones, tumultos populares, lock-out, o hechos que las leyes califican como delitos contra la inseguridad interior del Estado. \nf) Los accidentes que guarden relaci\u00f3n directa con radiaci\u00f3n o reacci\u00f3n nuclear o contaminaci\u00f3n radiactiva y otros fen\u00f3menos s\u00edsmicos o meteorol\u00f3gicos de car\u00e1cter extraordinario o catastr\u00f3fico. \ng) Los accidentes derivados de la pr\u00e1ctica profesional o como aficionado de los siguientes deportes: deportes a\u00e9reos (paracaidismo u otros), salto con el\u00e1stico (bungee, puenting), caza mayor, monta\u00f1ismo, escalada (con excepci\u00f3n de la escalada sobre bloque y\/o muro artificial), excursiones en alta monta\u00f1a a m\u00e1s de 3 000 metros de altura, espeleolog\u00eda, equitaci\u00f3n (con excepci\u00f3n de la excursi\u00f3n ecuestre y ejercicios de preparaci\u00f3n) y atalajes, boxeo, boxeo americano ( o full contact), o ingl\u00e9s, o tailand\u00e9s, catch, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, deportes de nieve, con excepci\u00f3n de esqu\u00ed, monoesqu\u00ed y surf sobre pistas, deportes mec\u00e1nicos (automovilismo, motociclismo), deportes n\u00e1uticos sin vigilancia (con excepci\u00f3n del yatching a menos de 20 millas n\u00e1uticas de las costas, submarinismo a menos de 20 metros de profundidad y de la nataci\u00f3n), moton\u00e1utica, jet- esqui o scooter de mar, y otros deportes notoriamente peligrosos. \nh) La participaci\u00f3n en competiciones, ejercicios de acrobacia, pruebas de car\u00e1cter excepcional o torneos organizados por federaciones deportivas.\ni) La utilizaci\u00f3n, como pasajero o tripulante, de medios de navegaci\u00f3n a\u00e9rea no autorizados para el transporte p\u00fablico de pasajeros, as\u00ed como de helic\u00f3pteros. \nj) Manipulaci\u00f3n de explosivos \nk) Las hernias, las rupturas musculares no tendinosas, los lumbagos agudos (dolor de cintura) \nl)Afecciones no org\u00e1nicas, es decir, que no se traducen por signos objetivos revelados por examen cl\u00ednico o por ex\u00e1menes complementares que acaben por clasificarlos en la categor\u00eda de enfermedades. \nm) La participaci\u00f3n en duelo, crimen, delito intencional o ri\u00f1a, excepto en caso de leg\u00edtima defensa. \nn) Participaci\u00f3n en acciones militares y\/o policiales.","PERSONAS NO ASEGURABLES":"No son asegurables las personas menores a la edad m\u00ednima de ingreso, ni mayores a la edad m\u00e1xima de ingreso, ambas previstas en las condiciones particulares de la constancia"},"description":{"PREEMINENCIA NORMATIVA":"Este comprobante consta de Condiciones Generales, Condiciones Generales Espec\u00edficas, Condiciones Espec\u00edficas y Condiciones Particulares. En caso de discordancia entre las mismas, regir\u00e1 el siguiente orden de prelaci\u00f3n: Condiciones Particulares Condiciones Espec\u00edficas Condiciones Generales Espec\u00edficas Condiciones Generales","DEFINICION DE ACCIDENTE":"A los efectos de este seguro, se entiende por accidente a toda lesi\u00f3n corporal sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por una causa fortuita, exterior, s\u00fabita y violenta, y que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta. Se excluyen todas las lesiones que sean consecuencias de enfermedades o des\u00f3rdenes f\u00edsicos.","CARGAS DEL ASEGURADO O BENEFICIARIOS EN CASO DE ACCIDENTE":"El Asegurado o los beneficiarios comunicar\u00e1n al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres (3) d\u00edas de conocerlo, bajo pena de perder el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. \nDesde el momento de hacerse aparentes las lesiones, el accidentado deber\u00e1 someterse, a su cargo, a un tratamiento m\u00e9dico racional y seguir las indicaciones del facultativo que le asiste; deber\u00e1 enviarse al Asegurador un certificado del m\u00e9dico que atiende al lesionado expresando la causa y naturaleza de las lesiones sufridas por el Asegurado, sus consecuencias conocidas o presuntas, y la constancia de que se encuentra sometido a un tratamiento m\u00e9dico racional. El Asegurado remitir\u00e1 al Asegurador las certificaciones m\u00e9dicas que informen sobre la evoluci\u00f3n de las lesiones y actualicen el pron\u00f3stico de curaci\u00f3n, cuando le sea requerido por el Asegurador, con una frecuencia no inferior a quince (15) d\u00edas. Asimismo, el Asegurado deber\u00e1 someterse al examen de los m\u00e9dicos del Asegurador cada vez que \u00e9ste lo solicite. \nEl Asegurado o los beneficiarios est\u00e1n obligados a suministrar al Asegurador, a su pedido, la informaci\u00f3n necesaria para verificar el siniestro o la extensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n a su cargo, la prueba instrumental en cuanto sea razonable que la suministre, constancias de intervenci\u00f3n policial o diligencias judiciales si correspondiera, y a permitirle al Asegurador las indagaciones necesarias a tales fines sin perjuicio de la informaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior. \nEn caso de fallecimiento del Asegurado, el Asegurador se reserva el derecho de exigir la autopsia o la exhumaci\u00f3n del cad\u00e1ver para establecer las causas de la muerte, debiendo los beneficiarios prestar su conformidad y su concurso para la obtenci\u00f3n de las correspondientes autorizaciones para realizarlas. \nLa autopsia o la exhumaci\u00f3n deber\u00e1n efectuarse con citaci\u00f3n de los beneficiarios, los que podr\u00e1n designar un m\u00e9dico para representarlos. Todos los gastos que ellas motiven ser\u00e1n por cuenta del Asegurador, excepto los derivados del nombramiento del m\u00e9dico representante de los beneficiarios."},"reference_number":"16022255","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":510276864,"name":"CNP","legal_name":"CNP Assurances Compa\u00f1\u00eda de Seguros S.A.","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/CNP_Seguros_Color_RGB%20sin%20fondo.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30682408622","document_nice":"CUIT 30682408622","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/firma_certificado_sin_fondo_1.png"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":189.72,"quantity":"1","sub_total_price":189.72,"units":1,"total_price":189.72,"total_credits_win":47.43,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:05.182343Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:05","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 189,72","sub_total_price_nice":"ARS 189,72","total_price_nice":"ARS 189,72"}}
CNP

Seguro de accidentes personales para ciclismo - laborales in itinere hasta $6.000.000.

Asegurate hasta $6.000.000 por Muerte e Incapacidad y $600.000 por Gastos Médicos contra accidentes mientras estás trabajando y en el trayecto in itinere. Las edades aceptadas son desde los 14 a los 69 años. Cuenta con una franquicia por $2.400

ARS 189,72

Precio final

Alcance
Jornada Laboral e In itinere
Monto muerte accidental
ARS 6.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 6.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 600.000,00
Altura máxima
60
Edad máxima
69 años
Edad mínima
14 años
Monto sepelio ARS 120.000,00
Monto hospitalización diaria ARS 3.000,00
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":1443039819,"float":250.32,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":682165215,"name":"COL\u00d3N D&T 24HS12M","short_code":"col\u00f3n-d&t24hs12m","public_name":"Seguro de Accidentes Personales Deporte & Turismo 24hs hasta $12.000.000.","public_description":"Asegurate las 24 horas hasta $12.000.000 por Muerte e Incapacidad y $3.000.000 por Gastos M\u00e9dicos contra accidentes mientras haces turismo o deportes. Asegur\u00e1 desde los 5 a los 70 a\u00f1os. Esta cobertura cuenta con una franquicia por $3.000.","description":{"scope":"24hs","max_age":70,"min_age":5,"initinere":true,"death_amount":12000000,"burial_amount":0,"insured_amount":12000000,"maximum_height":0,"deductible_amount":3000,"disability_amount":12000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":1200000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":0,"death_amount_nice":"ARS 12.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 0,00","insured_amount_nice":"ARS 12.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 3.000,00","disability_amount_nice":"ARS 12.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 1.200.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 0,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2025-02-07 13:28:40","policy":{"id":2075442043,"name":"839233 Turismo y deporte 2025","public_name":"PROTECCION TURISMO AVENTURA","public_description":"Seguro de Accidentes Personales Deporte & Turismo 24hs","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":930031451,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"COBERTURA":"El Asegurador reembolsar\u00e1 el importe de gastos de asistencia m\u00e9dico-farmac\u00e9utica prescripta por facultativo en que haya incurrido el Asegurado, como consecuencia de un accidente cubierto por esta p\u00f3liza, neto de todo reintegro de gastos efectuado por la obra social, entidad de medicina prepaga y\/o seguro de salud del Asegurado, hasta la suma asegurada prevista para esta cobertura en las Condiciones particulares de p\u00f3liza. Para esta cobertura ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n la franquicia por siniestro que se indica en las Condiciones Particulares. \nEl Asegurador no tomar\u00e1 a su cargo los gastos por viajes y estad\u00edas para tratamientos termales o convalecencias ni por el suministro de lentes, aparatos ortop\u00e9dicos y pr\u00f3tesis dentales. \nEsta cobertura quedar\u00e1 autom\u00e1ticamente restablecida para nuevos siniestros oblig\u00e1ndose el Asegurado al pago de la prima sobre el monto que se restablece calculada a prorrata desde la fecha del siniestro que origin\u00f3 la reducci\u00f3n de la suma asegurada","MUERTE ACCIDENTAL":"En caso de fallecimiento del Asegurado a causa de un accidente cubierto por esta p\u00f3liza, el Asegurador abonar\u00e1 la suma asegurada prevista para esta cobertura que se estipula en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza. El Asegurador deducir\u00e1 de esta prestaci\u00f3n los importes que pudiere haber previamente abonado en conjunto en concepto de Incapacidad Permanente, por \u00e9ste u otros accidentes ocurridos durante el mismo per\u00edodo anual de vigencia de la p\u00f3liza.","INCAPACIDAD PERMANENTE":"Si un accidente cubierto por esta p\u00f3liza causara una invalidez permanente del Asegurado, determinada con prescindencia de su profesi\u00f3n u ocupaci\u00f3n, se abonar\u00e1 una suma igual al porcentaje que corresponda de acuerdo a la naturaleza y gravedad de la lesi\u00f3n sufrida -seg\u00fan se indica a continuaci\u00f3n- sobre la suma asegurada estipulada para esta cobertura en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza.","ALCANCE DE LA COBERTURA":"El presente seguro se hace extensivo a todos los accidentes que sufra el Asegurado, ocurridos durante las veinticuatro (24) horas del d\u00eda, conforme las limitaciones o exclusiones estipuladas en esta p\u00f3liza."},"excludes":{"RIESGOS NO CUBIERTOS":"Art\u00edculo 6 - RIESGOS NO CUBIERTOS\nSe excluyen expresamente de este seguro:\na) Los accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura de este seguro o las consecuencias de accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura, as\u00ed como las consecuencias o secuelas de un accidente cubierto que se manifiesten despu\u00e9s de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de su ocurrencia.\nb) Las enfermedades de cualquier clase o naturaleza, incluyendo el infarto de miocardio y aneurismas, as\u00ed como lesiones u otras consecuencias debidas a intervenciones quir\u00fargicas o tratamientos m\u00e9dicos que no hayan sido motivados por un accidente cubierto por esta p\u00f3liza.\nc) Los tratamientos psiqui\u00e1tricos y\/o psicol\u00f3gicos, trastornos de enajenaci\u00f3n mental, estados de depresi\u00f3n ps\u00edquico nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones cl\u00ednicas.\nd) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de perturbaci\u00f3n mental, sonambulismo, embriaguez o a causa del uso de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o sustancias medicamentosas, no prescriptas o no utilizadas de acuerdo a las instrucciones m\u00e9dicas.\ne) Los accidentes que el Asegurado, el Tomador o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado.\nf) Los accidentes causados por hechos de guerra, invasi\u00f3n, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones b\u00e9licas, sea que haya habido o no declaraci\u00f3n de guerra civil, insurrecci\u00f3n, sublevaci\u00f3n, rebeli\u00f3n, sedici\u00f3n, mot\u00edn, guerrilla, terrorismo, revoluciones, tumultos populares, huelgas o lock-out, o hechos que las leyes califican como delitos contra la inseguridad interior del Estado.\ng) Los accidentes que guarden relaci\u00f3n directa o indirecta con radiaci\u00f3n o reacci\u00f3n nuclear o contaminaci\u00f3n radiactiva y otros fen\u00f3menos s\u00edsmicos o meteorol\u00f3gicos de car\u00e1cter extraordinario o catastr\u00f3fico.\nh) Los accidentes derivados del uso de motocicletas o veh\u00edculos similares.\ni) Los accidentes derivados de la pr\u00e1ctica profesional o como aficionado de los siguientes deportes: deportes a\u00e9reos (paracaidismo u otros), salto con el\u00e1stico (bungee, puenting), caza mayor, monta\u00f1ismo, escalada (con excepci\u00f3n de escalada sobre bloque y\/o muro artificial), excursiones en alta monta\u00f1a a m\u00e1s de 3.000 metros de altura, espeleolog\u00eda, equitaci\u00f3n (con excepci\u00f3n de excursi\u00f3n ecuestre y ejercicios de preparaci\u00f3n) y atalajes, boxeo, boxeo americano ( o full contact), ingl\u00e9s o tailand\u00e9s, catch, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, deportes de nieve (con excepci\u00f3n de esqu\u00ed, monoesqu\u00ed y surf sobre pistas), deportes mec\u00e1nicos (automovilismo, motociclismo), deportes n\u00e1uticos sin vigilancia (con excepci\u00f3n del yatching a menos de 20 millas n\u00e1uticas de las costas, submarinismo a menos de 20 metros de profundidad y nataci\u00f3n), moton\u00e1utica, de jet-esqu\u00ed o scooter de mar, y otros deportes notoriamente peligrosos.\nj) La participaci\u00f3n en competiciones, ejercicios de acrobacia, pruebas de car\u00e1cter excepcional o torneos organizados por federaciones deportivas u organismos similares.\nk) La utilizaci\u00f3n, como pasajero o tripulante, de medios de navegaci\u00f3n a\u00e9rea no autorizados para el transporte p\u00fablico de pasajeros, as\u00ed como de helic\u00f3pteros.\nl) Manipulaci\u00f3n de explosivos.\nm) Las hernias, las rupturas musculares no tendinosas, los lumbagos agudos (dolor de cintura).\nn) Afecciones no org\u00e1nicas, es decir, que no se traducen por signos objetivos revelados por examen cl\u00ednico o por ex\u00e1menes complementarios que acaben por clasificarlos en la categor\u00eda de enfermedades.\no) La participaci\u00f3n en duelo, crimen, delito intencional o ri\u00f1a, excepto en el caso de leg\u00edtima defensa.\np) Participaci\u00f3n en acciones militares y\/o policiales.","PERSONAS NO ASEGURABLES":"El seguro no ampara sordos, ciegos, miopes con m\u00e9s de diez dioptr\u00edas, mutilados, discapacitados, paral\u00edticos, epil\u00e9pticos, toxic\u00f3manos, alienados, o aquellas que, en raz\u00f3n de defectos f\u00edsicos o enfermedades graves que padezcan o de las secuelas de las que hubieran padecido, constituyan un riesgo de accidente agravado de acuerdo con lo dispuesto por el Art\u00edculo 14 de estas Condiciones Generales. \nNo son asegurables las personas menores a la edad m\u00ednima de ingreso, ni mayores a la edad m\u00e1xima de ingreso, ambas previstas en las Condiciones Particulares de la p\u00f3liza."},"description":{"DEFINICI\u00d3N DE ACCIDENTE":"A los efectos de este seguro, se entiende por accidente a toda lesi\u00f3n corporal sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por una causa fortuita, exterior, s\u00fabita y violenta, y que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta. Se excluyen todas las lesiones que sean consecuencias de enfermedades o des\u00f3rdenes f\u00edsicos.","TIPOS DE ACCIDENTE":"Tipo de Accidente Cubierto: Todo Accidente, seg\u00fan lo definido en las Condiciones Generales art. 5.\n\nArt\u00edculo 5 - TIPOS DE ACCIDENTE\nSe podr\u00e1n cubrir las contingencias previstas a causa de los tipos de accidente que se definen a continuaci\u00f3n, conforme las limitaciones o exclusiones estipuladas en la presente p\u00f3liza:\n\n- Todo Accidente\nSon todos accidentes que puedan ocurrir al Asegurado, ya sea en el ejercicio de la profesi\u00f3n declarada, o mientras se halle prestando servicio militar en tiempo de paz, o en su vida particular, o mientras est\u00e9 circulando o viajando en veh\u00edculos particulares terrestres o acu\u00e1ticos, propios o ajenos, conduci\u00e9ndolos o no, o haciendo uso de cualquier medio habitual de transporte p\u00fablico de personas, ya sea terrestre, fluvial, lacustre, mar\u00edtimo o en l\u00edneas de transporte a\u00e9reo regular, o mientras se halle practicando los deportes declarados en la solicitud de seguro, ya sea en calidad de profesional o aficionado","Limitaciones y Medidas de Seguridad para las actividades en Kayak, Canotaje, Rafting, Pirag\u00fcismo:":"- Todos los asegurables deber\u00e1n utilizar chaleco salvavidas cuando realicen la pr\u00e1ctica deportiva embarcado.\n- Se excluye expresamente los paseos en mar abierto, limitando la actividad a lagunas y r\u00edos.\n- Las condiciones clim\u00e1ticas deber\u00e1n ser \u00f3ptimas para que desarrollen la actividad.\n- Utilizaci\u00f3n de traje de neoprene y casco","Medidas de Seguridad para Canopy\/Tirolesa y Rappel:":"- Arn\u00e9s antica\u00edda\n- Cabos de anclaje\n- Casco\n\nEl sistema antica\u00edda elegido permitir\u00e1 estar sujeto como m\u00ednimo a un punto de anclaje seguro y siempre que sea posible, estar\u00e1 anclado a dos puntos. Los puntos de anclaje estar\u00e1n situados por encima de la cabeza o en su defecto, el punto m\u00e1s alto posible, siendo aconsejable utilizar un absolvedor de energ\u00eda\nNo deben realizarse pr\u00e1cticas si las condiciones atmosf\u00e9ricas, sobre todo el viento, as\u00ed lo desaconsejan. Como regla general no se practicar\u00e1 el deporte si llueve, nieva o si la velocidad del viento es superior a los 50 km\/h.\nRecomendaciones adicionales: se deber\u00e1 llevar un programa de mantenimiento preventivo que lleve a cabo revisiones peri\u00f3dicas de todos los elementos relacionados con los sistemas de prevenci\u00f3n de las ca\u00eddas de altura sustituy\u00e9ndolos cuando su estado as\u00ed lo aconseje siguiendo en todo caso las instrucciones de los fabricantes.\nDeber\u00e1 respetarse la vida \u00fatil de los equipos y materiales utilizados, no obstante, se deber\u00e1 tener en cuenta el estado de los mismos antes de emplearlos.","Medidas de Seguridad para Mountain Bike:":"Utilizaci\u00f3n de casco.","Medidas de Seguridad para Navegaci\u00f3n a Vela:":"-Excluye la pr\u00e1ctica a mar abierto\n- Utilizaci\u00f3n de chaleco salvavidas\n- No deben realizarse pr\u00e1cticas si las condiciones atmosf\u00e9ricas, sobre todo el viento, as\u00ed lo desaconsejan. Como regla general no se practicar\u00e1 el deporte si llueve, nieva o si la velocidad del viento es superior a los 50 km\/h","Medidas de Seguridad Trekking 2\u00ba grado de la escala Francesa":"Trepada con muy buenos agarres en el que se usan los brazos para progresar. Trepada por una ladera con pocos agarres. En el ascenso se utilizar\u00e1 la cuerda con personas poco experimentadas y se recomienda para todos la cuerda en el descenso."},"reference_number":"P\u00f3liza 839233","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":743706855,"name":"COL\u00d3N","legal_name":"Col\u00f3n Compa\u00f1\u00eda de Seguros S.A","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/logo_colon.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30712497641","document_nice":"CUIT 30712497641","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/Sin%20t%C3%ADtulo.jpg"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":1001.28,"quantity":"1","sub_total_price":1001.28,"units":1,"total_price":1001.28,"total_credits_win":0,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:05.212118Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:05","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 1.001,28","sub_total_price_nice":"ARS 1.001,28","total_price_nice":"ARS 1.001,28"}}
COLÓN

Seguro de accidentes personales para ciclismo - deporte & turismo 24hs hasta $12.000.000.

Asegurate las 24 horas hasta $12.000.000 por Muerte e Incapacidad y $3.000.000 por Gastos Médicos contra accidentes mientras haces turismo o deportes. Asegurá desde los 5 a los 70 años. Esta cobertura cuenta con una franquicia por $3.000.

ARS 1.001,28

Precio final

Alcance
24hs
Monto muerte accidental
ARS 12.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 12.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 1.200.000,00
Altura máxima
0
Edad máxima
70 años
Edad mínima
5 años
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online
{"id":1403729284,"float":166.88,"includes":[],"excludes":null,"description":[],"description_more":null,"coverage":{"id":737204554,"name":"COL\u00d3N D&T 24HS 8M","short_code":"col\u00f3n-d&t24hs8m","public_name":"Seguro de Accidentes Personales Deporte & Turismo 24 hs hasta $8.000.000.","public_description":"Asegurate las 24 horas hasta $8.000.000 por Muerte e Incapacidad y $800.000 por Gastos M\u00e9dicos contra accidentes mientras haces turismo o deportes. Asegur\u00e1 desde los 5 a los 70 a\u00f1os. Esta cobertura cuenta con una franquicia por $3.000.","description":{"scope":"24hs","max_age":70,"min_age":5,"initinere":true,"death_amount":8000000,"burial_amount":0,"insured_amount":8000000,"maximum_height":0,"deductible_amount":3000,"disability_amount":8000000,"paraplegia_amount":0,"broken_bones_amount":0,"quadriplegia_amount":0,"long_term_care_amount":0,"medical_expenses_amount":800000,"pharmaceutical_expenses_amount":0,"daily_hospitalization_rent_amount":0,"death_amount_nice":"ARS 8.000.000,00","burial_amount_nice":"ARS 0,00","insured_amount_nice":"ARS 8.000.000,00","deductible_amount_nice":"ARS 3.000,00","disability_amount_nice":"ARS 8.000.000,00","paraplegia_amount_nice":"ARS 0,00","broken_bones_amount_nice":"ARS 0,00","quadriplegia_amount_nice":"ARS 0,00","long_term_care_amount_nice":"ARS 0,00","medical_expenses_amount_nice":"ARS 800.000,00","pharmaceutical_expenses_amount_nice":"ARS 0,00","daily_hospitalization_rent_amount_nice":"ARS 0,00"},"description_more":null,"disabled":false,"created_at":"2025-02-07 13:14:48","policy":{"id":2075442043,"name":"839233 Turismo y deporte 2025","public_name":"PROTECCION TURISMO AVENTURA","public_description":"Seguro de Accidentes Personales Deporte & Turismo 24hs","payment_credits":true,"risk_type_id":1040036465,"taker_entity_id":930031451,"payment_currency_id":1040036465,"days_min":1,"days_max":360,"validity_start_from":0,"validity_start_to":360,"single_payment":0,"single_payment_nice":"No","min_fraction_days":1,"public":1,"quote_per_month":0,"includes":{"COBERTURA":"El Asegurador reembolsar\u00e1 el importe de gastos de asistencia m\u00e9dico-farmac\u00e9utica prescripta por facultativo en que haya incurrido el Asegurado, como consecuencia de un accidente cubierto por esta p\u00f3liza, neto de todo reintegro de gastos efectuado por la obra social, entidad de medicina prepaga y\/o seguro de salud del Asegurado, hasta la suma asegurada prevista para esta cobertura en las Condiciones particulares de p\u00f3liza. Para esta cobertura ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n la franquicia por siniestro que se indica en las Condiciones Particulares. \nEl Asegurador no tomar\u00e1 a su cargo los gastos por viajes y estad\u00edas para tratamientos termales o convalecencias ni por el suministro de lentes, aparatos ortop\u00e9dicos y pr\u00f3tesis dentales. \nEsta cobertura quedar\u00e1 autom\u00e1ticamente restablecida para nuevos siniestros oblig\u00e1ndose el Asegurado al pago de la prima sobre el monto que se restablece calculada a prorrata desde la fecha del siniestro que origin\u00f3 la reducci\u00f3n de la suma asegurada","MUERTE ACCIDENTAL":"En caso de fallecimiento del Asegurado a causa de un accidente cubierto por esta p\u00f3liza, el Asegurador abonar\u00e1 la suma asegurada prevista para esta cobertura que se estipula en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza. El Asegurador deducir\u00e1 de esta prestaci\u00f3n los importes que pudiere haber previamente abonado en conjunto en concepto de Incapacidad Permanente, por \u00e9ste u otros accidentes ocurridos durante el mismo per\u00edodo anual de vigencia de la p\u00f3liza.","INCAPACIDAD PERMANENTE":"Si un accidente cubierto por esta p\u00f3liza causara una invalidez permanente del Asegurado, determinada con prescindencia de su profesi\u00f3n u ocupaci\u00f3n, se abonar\u00e1 una suma igual al porcentaje que corresponda de acuerdo a la naturaleza y gravedad de la lesi\u00f3n sufrida -seg\u00fan se indica a continuaci\u00f3n- sobre la suma asegurada estipulada para esta cobertura en las Condiciones Particulares de p\u00f3liza.","ALCANCE DE LA COBERTURA":"El presente seguro se hace extensivo a todos los accidentes que sufra el Asegurado, ocurridos durante las veinticuatro (24) horas del d\u00eda, conforme las limitaciones o exclusiones estipuladas en esta p\u00f3liza."},"excludes":{"RIESGOS NO CUBIERTOS":"Art\u00edculo 6 - RIESGOS NO CUBIERTOS\nSe excluyen expresamente de este seguro:\na) Los accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura de este seguro o las consecuencias de accidentes ocurridos con anterioridad a la fecha de vigencia inicial de la cobertura, as\u00ed como las consecuencias o secuelas de un accidente cubierto que se manifiesten despu\u00e9s de los ciento ochenta (180) d\u00edas siguientes a la fecha de su ocurrencia.\nb) Las enfermedades de cualquier clase o naturaleza, incluyendo el infarto de miocardio y aneurismas, as\u00ed como lesiones u otras consecuencias debidas a intervenciones quir\u00fargicas o tratamientos m\u00e9dicos que no hayan sido motivados por un accidente cubierto por esta p\u00f3liza.\nc) Los tratamientos psiqui\u00e1tricos y\/o psicol\u00f3gicos, trastornos de enajenaci\u00f3n mental, estados de depresi\u00f3n ps\u00edquico nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones cl\u00ednicas.\nd) Los accidentes causados por v\u00e9rtigos, vah\u00eddos, lipotimias, convulsiones o par\u00e1lisis y los que ocurran por estado de perturbaci\u00f3n mental, sonambulismo, embriaguez o a causa del uso de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o sustancias medicamentosas, no prescriptas o no utilizadas de acuerdo a las instrucciones m\u00e9dicas.\ne) Los accidentes que el Asegurado, el Tomador o los beneficiarios, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n provoquen dolosamente o con culpa grave o el Asegurado los sufra en empresa criminal. No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado.\nf) Los accidentes causados por hechos de guerra, invasi\u00f3n, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones b\u00e9licas, sea que haya habido o no declaraci\u00f3n de guerra civil, insurrecci\u00f3n, sublevaci\u00f3n, rebeli\u00f3n, sedici\u00f3n, mot\u00edn, guerrilla, terrorismo, revoluciones, tumultos populares, huelgas o lock-out, o hechos que las leyes califican como delitos contra la inseguridad interior del Estado.\ng) Los accidentes que guarden relaci\u00f3n directa o indirecta con radiaci\u00f3n o reacci\u00f3n nuclear o contaminaci\u00f3n radiactiva y otros fen\u00f3menos s\u00edsmicos o meteorol\u00f3gicos de car\u00e1cter extraordinario o catastr\u00f3fico.\nh) Los accidentes derivados del uso de motocicletas o veh\u00edculos similares.\ni) Los accidentes derivados de la pr\u00e1ctica profesional o como aficionado de los siguientes deportes: deportes a\u00e9reos (paracaidismo u otros), salto con el\u00e1stico (bungee, puenting), caza mayor, monta\u00f1ismo, escalada (con excepci\u00f3n de escalada sobre bloque y\/o muro artificial), excursiones en alta monta\u00f1a a m\u00e1s de 3.000 metros de altura, espeleolog\u00eda, equitaci\u00f3n (con excepci\u00f3n de excursi\u00f3n ecuestre y ejercicios de preparaci\u00f3n) y atalajes, boxeo, boxeo americano ( o full contact), ingl\u00e9s o tailand\u00e9s, catch, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, deportes de nieve (con excepci\u00f3n de esqu\u00ed, monoesqu\u00ed y surf sobre pistas), deportes mec\u00e1nicos (automovilismo, motociclismo), deportes n\u00e1uticos sin vigilancia (con excepci\u00f3n del yatching a menos de 20 millas n\u00e1uticas de las costas, submarinismo a menos de 20 metros de profundidad y nataci\u00f3n), moton\u00e1utica, de jet-esqu\u00ed o scooter de mar, y otros deportes notoriamente peligrosos.\nj) La participaci\u00f3n en competiciones, ejercicios de acrobacia, pruebas de car\u00e1cter excepcional o torneos organizados por federaciones deportivas u organismos similares.\nk) La utilizaci\u00f3n, como pasajero o tripulante, de medios de navegaci\u00f3n a\u00e9rea no autorizados para el transporte p\u00fablico de pasajeros, as\u00ed como de helic\u00f3pteros.\nl) Manipulaci\u00f3n de explosivos.\nm) Las hernias, las rupturas musculares no tendinosas, los lumbagos agudos (dolor de cintura).\nn) Afecciones no org\u00e1nicas, es decir, que no se traducen por signos objetivos revelados por examen cl\u00ednico o por ex\u00e1menes complementarios que acaben por clasificarlos en la categor\u00eda de enfermedades.\no) La participaci\u00f3n en duelo, crimen, delito intencional o ri\u00f1a, excepto en el caso de leg\u00edtima defensa.\np) Participaci\u00f3n en acciones militares y\/o policiales.","PERSONAS NO ASEGURABLES":"El seguro no ampara sordos, ciegos, miopes con m\u00e9s de diez dioptr\u00edas, mutilados, discapacitados, paral\u00edticos, epil\u00e9pticos, toxic\u00f3manos, alienados, o aquellas que, en raz\u00f3n de defectos f\u00edsicos o enfermedades graves que padezcan o de las secuelas de las que hubieran padecido, constituyan un riesgo de accidente agravado de acuerdo con lo dispuesto por el Art\u00edculo 14 de estas Condiciones Generales. \nNo son asegurables las personas menores a la edad m\u00ednima de ingreso, ni mayores a la edad m\u00e1xima de ingreso, ambas previstas en las Condiciones Particulares de la p\u00f3liza."},"description":{"DEFINICI\u00d3N DE ACCIDENTE":"A los efectos de este seguro, se entiende por accidente a toda lesi\u00f3n corporal sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por una causa fortuita, exterior, s\u00fabita y violenta, y que pueda ser determinada por los m\u00e9dicos de una manera cierta. Se excluyen todas las lesiones que sean consecuencias de enfermedades o des\u00f3rdenes f\u00edsicos.","TIPOS DE ACCIDENTE":"Tipo de Accidente Cubierto: Todo Accidente, seg\u00fan lo definido en las Condiciones Generales art. 5.\n\nArt\u00edculo 5 - TIPOS DE ACCIDENTE\nSe podr\u00e1n cubrir las contingencias previstas a causa de los tipos de accidente que se definen a continuaci\u00f3n, conforme las limitaciones o exclusiones estipuladas en la presente p\u00f3liza:\n\n- Todo Accidente\nSon todos accidentes que puedan ocurrir al Asegurado, ya sea en el ejercicio de la profesi\u00f3n declarada, o mientras se halle prestando servicio militar en tiempo de paz, o en su vida particular, o mientras est\u00e9 circulando o viajando en veh\u00edculos particulares terrestres o acu\u00e1ticos, propios o ajenos, conduci\u00e9ndolos o no, o haciendo uso de cualquier medio habitual de transporte p\u00fablico de personas, ya sea terrestre, fluvial, lacustre, mar\u00edtimo o en l\u00edneas de transporte a\u00e9reo regular, o mientras se halle practicando los deportes declarados en la solicitud de seguro, ya sea en calidad de profesional o aficionado","Limitaciones y Medidas de Seguridad para las actividades en Kayak, Canotaje, Rafting, Pirag\u00fcismo:":"- Todos los asegurables deber\u00e1n utilizar chaleco salvavidas cuando realicen la pr\u00e1ctica deportiva embarcado.\n- Se excluye expresamente los paseos en mar abierto, limitando la actividad a lagunas y r\u00edos.\n- Las condiciones clim\u00e1ticas deber\u00e1n ser \u00f3ptimas para que desarrollen la actividad.\n- Utilizaci\u00f3n de traje de neoprene y casco","Medidas de Seguridad para Canopy\/Tirolesa y Rappel:":"- Arn\u00e9s antica\u00edda\n- Cabos de anclaje\n- Casco\n\nEl sistema antica\u00edda elegido permitir\u00e1 estar sujeto como m\u00ednimo a un punto de anclaje seguro y siempre que sea posible, estar\u00e1 anclado a dos puntos. Los puntos de anclaje estar\u00e1n situados por encima de la cabeza o en su defecto, el punto m\u00e1s alto posible, siendo aconsejable utilizar un absolvedor de energ\u00eda\nNo deben realizarse pr\u00e1cticas si las condiciones atmosf\u00e9ricas, sobre todo el viento, as\u00ed lo desaconsejan. Como regla general no se practicar\u00e1 el deporte si llueve, nieva o si la velocidad del viento es superior a los 50 km\/h.\nRecomendaciones adicionales: se deber\u00e1 llevar un programa de mantenimiento preventivo que lleve a cabo revisiones peri\u00f3dicas de todos los elementos relacionados con los sistemas de prevenci\u00f3n de las ca\u00eddas de altura sustituy\u00e9ndolos cuando su estado as\u00ed lo aconseje siguiendo en todo caso las instrucciones de los fabricantes.\nDeber\u00e1 respetarse la vida \u00fatil de los equipos y materiales utilizados, no obstante, se deber\u00e1 tener en cuenta el estado de los mismos antes de emplearlos.","Medidas de Seguridad para Mountain Bike:":"Utilizaci\u00f3n de casco.","Medidas de Seguridad para Navegaci\u00f3n a Vela:":"-Excluye la pr\u00e1ctica a mar abierto\n- Utilizaci\u00f3n de chaleco salvavidas\n- No deben realizarse pr\u00e1cticas si las condiciones atmosf\u00e9ricas, sobre todo el viento, as\u00ed lo desaconsejan. Como regla general no se practicar\u00e1 el deporte si llueve, nieva o si la velocidad del viento es superior a los 50 km\/h","Medidas de Seguridad Trekking 2\u00ba grado de la escala Francesa":"Trepada con muy buenos agarres en el que se usan los brazos para progresar. Trepada por una ladera con pocos agarres. En el ascenso se utilizar\u00e1 la cuerda con personas poco experimentadas y se recomienda para todos la cuerda en el descenso."},"reference_number":"P\u00f3liza 839233","allow_non_repetition_clauses":1,"allow_non_repetition_clauses_nice":"Si","allow_beneficiaries":1,"allow_beneficiaries_nice":"Si","allow_multiple_insured":1,"allow_multiple_insured_nice":"Si","allow_additional_documents":0,"allow_additional_documents_nice":"No","allow_anullment":1,"allow_anullment_nice":"Si","allow_invoice":1,"allow_invoice_nice":"Si","payment_credits_nice":"Si","quote_per_month_nice":"No","company":{"id":743706855,"name":"COL\u00d3N","legal_name":"Col\u00f3n Compa\u00f1\u00eda de Seguros S.A","logo_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/logo_colon.png","country_id":455311253,"document_type_id":985070790,"document":"30712497641","document_nice":"CUIT 30712497641","firm_filename":"https:\/\/mecubro-images-prod.s3.amazonaws.com\/Sin%20t%C3%ADtulo.jpg"},"currency":{"id":1040036465,"name":"Pesos argentinos","short_code":"ARS","iso":"ARS","symbol":"$"}}},"risk_sub_type":{"id":1367564027,"name":"Ciclismo","short_code":"ciclismo","tags":"Ciclismo ","code":null,"disabled":0},"quote":{"sub_unit_price":667.52,"quantity":"1","sub_total_price":667.52,"units":1,"total_price":667.52,"total_credits_win":0,"currency_id":1040036465,"type":"perDay","alert":null,"period":{"date_start":"2025-11-05T14:42:05.241424Z","date_end":"2025-11-06T02:59:59.999999Z","validity_start":"2025-11-05 11:42:05","validity_end":"2025-11-05 23:59:59","days":1,"hours":12,"minutes":737,"months":1,"fromToday":0},"sub_unit_price_nice":"ARS 667,52","sub_total_price_nice":"ARS 667,52","total_price_nice":"ARS 667,52"}}
COLÓN

Seguro de accidentes personales para ciclismo - deporte & turismo 24 hs hasta $8.000.000.

Asegurate las 24 horas hasta $8.000.000 por Muerte e Incapacidad y $800.000 por Gastos Médicos contra accidentes mientras haces turismo o deportes. Asegurá desde los 5 a los 70 años. Esta cobertura cuenta con una franquicia por $3.000.

ARS 667,52

Precio final

Alcance
24hs
Monto muerte accidental
ARS 8.000.000,00
Monto invalidez total y/o parcial permanente
ARS 8.000.000,00
Monto asistencia médica
ARS 800.000,00
Altura máxima
0
Edad máxima
70 años
Edad mínima
5 años
¿Porqué contratarlo ahora?
Cobertura por día.
Prepago
Sin débito automático
Digital
Cancelación online
Gestión de siniestros online