CONCURSO “Tus seguros tienen premio”
1. El presente concurso, organizado por Insurond S.A.S. (el “Organizador”), con domicilio en Juan José Paso 3076, Carrodilla, CP. 5503, Lujan de Cuyo, Provincia de Mendoza, República Argentina, se llevará a cabo durante el período comprendido entre las 00:00 horas del 7 de mayo de 2024 y las 23.59 horas del 6 de julio de 2024, plazo de vigencia de la promoción, se encontrará circunscripto exclusivamente al ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina (el “Territorio”), y se regirá por las siguientes bases y condiciones (las “Bases”).
2. Podrá participar en el presente concurso toda persona capaz mayor de dieciocho (18) años que haya contratado un seguro de vida o de accidentes personales o de bolso protegido, o de protección de celulares o de compra protegida de CNP Assurances Compañía de Seguros S.A. (“CNP”), comercializados bajo la intermediación de Insurond, Matrícula SSN N° 1489 a través de la plataforma Me Cubro (habiendo accedido a la misma a través del QR disponibilizado en la línea D del Subte de la Ciudad de Buenos Aires durante el plazo de vigencia) (el “Seguro”). En caso de que el asegurado del Seguro sea una persona humana, se entenderá que a todos los efectos legales ésta es quien ha participado. En caso de controversia sobre quién ha participado, será el Organizador quien lo determine a su exclusivo criterio. Toda persona jurídica que intervenga y obtenga algún Premio (conforme .se define más adelante) podrá retirarlo a través de sus autoridades o persona debidamente autorizada. Las personas humanas y jurídicas mencionadas en este apartado son denominadas como el “Participante”.
2.1. No podrán participar en este concurso directivos o empleados de Me Cubro ni de CNP, ni del Organizador, ni como asimismo tampoco directivos y empleados de los agentes institorios y/o productores asesores de seguros y/u organizadores asesores de seguros que comercialicen los Seguros, así como personas que tengan relación de parentesco o afinidad hasta el cuarto grado con el personal de Me Cubro o de CNP o de los agentes institorios y/o productores asesores de seguros y/u organizadores asesores de seguros que comercialicen los Seguros.
2.2. El Organizador asignará un número de sorteo a cada Participante que será identificado con el número de póliza de su Seguro que tuvieran registrado en CNP. La sola contratación del Seguro supondrá la aceptación de pleno derecho de todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las decisiones que adopte el Organizador sobre cuestiones previstas o no en las mismas.
3. Modalidad de participación “Sin obligación de compra”. A aquellas personas que no hayan contratado el Seguro bajo la modalidad de participación indicada en la cláusula segunda, residentes en el Territorio y que quisieran participar de la presente promoción, se les entregará en forma gratuita un cupón en las oficinas sitas en Marcelo T. de Alvear 1541, Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 9 a 18 horas, los días lunes a viernes hábiles, dentro del plazo de vigencia, que deberán llenar con sus datos personales (nombre y apellido, documento de identidad, teléfono, mail, ocupación, fecha de nacimiento y domicilio) y depositarlo en la urna a ese efecto disponible en el domicilio del Organizador. Se entregará, como máximo, un (1) cupón por persona, por mes. Los cupones recibidos con los datos correctos y debidamente completados habilitan a participar en el sorteo del Premio (conforme se define más adelante).
4. El 12 de julio de 2024, a las 11 horas, en Marcelo T. Alvear 1541, de la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina, y ante escribano público que designe el Organizador, se realizará la determinación de los ganadores mediante la utilización de un sistema aleatorio (random), en virtud del cual se seleccionará, de entre todos los números de sorteo asignados a los Participantes, a: (i) diez (10) Participantes conforme lo indicado en 2. y 3. como potenciales ganadores de un Premio (según se detallan más adelante) (los “Potenciales Ganadores”); y (ii) diez (10) Participantes suplentes para el supuesto que no fuese posible la comunicación con todos o alguno de los Potenciales Ganadores (los “Suplentes”). El escribano interviniente labrará un acta del proceso del sorteo que determinará a los Potenciales Ganadores y a los Suplentes. Para resultar acreedor del premio, los Potenciales Ganadores y/o los Suplentes, en caso de corresponder, deberán contestar correctamente una pregunta de interés general en los términos establecidos en la cláusula 6.2.
4.1. La probabilidad de ganar un premio dependerá de la cantidad de Participantes que participen del sorteo. Por ejemplo, si participaren cien (100) Participantes la probabilidad de que un Participante resulte acreedor de un premio será de 1/100.
4.2. El Premio será una (1) Tarjeta con crédito prepaga BBVA S.A. con un crédito de pesos cien mil ($100.000) para realizar compras en cualquiera de los establecimientos habilitados para utilizar ese medio de pago, con una vigencia de, al menos, seis (6) meses desde el primer día hábil del mes en que se efectúe el sorteo mensual correspondiente (el “Premio”).
4.3. Stock de Premios. Mediante la promoción se pondrán en juego 10 Tarjeta con crédito prepaga BBVA S.A. con un crédito de pesos cien mil ($100.000) cada una.
4.4. El valor de mercado total de los Premios que se encuentran en juego es equivalente a la suma de pesos un millón ($1.000.000).-
5. Si por cualquier causa no imputable al Organizador los Premios no resultaran asignados a la finalización de la presente promoción, éstos quedarán en propiedad del Organizador, sin que dicho extremo otorgue derecho a formular reclamo alguno contra el Organizador.
6. El Organizador informará dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles del sorteo indicado en la cláusula 4, por whatsapp a los Potenciales Ganadores al número de teléfono por ellos declarado en las respectivas solicitudes del Seguro, poniendo a disposición de éstos los Premios.
6.1. En caso de que la comunicación no pueda ser establecida, por cualquier razón que fuera incluyendo, sin limitación, que no conteste, su teléfono sea equivocado o el número no corresponda a un abonado en servicio o no responda al mensaje de whatsapp, el Organizador procederá a realizar dos (2) nuevos intentos de comunicación. Si al tercer intento la comunicación no pudiera ser establecida, habrá caducado su derecho al Premio y el
Participante no tendrá derecho a reclamar compensación o indemnización alguna. Acto seguido, se procederá a notificar, de acuerdo con el procedimiento descripto en estas Bases, al Participante sorteado como Suplente, conforme al orden de prelación establecido, hasta tanto se obtenga el Potencial Ganador.
6.2. Para resultar acreedor del Premio el Potencial Ganador seleccionado de conformidad con lo estipulado en estas Bases deberá responder correctamente una pregunta de interés general que se le realizará por whatsapp. La pregunta de interés general tendrá como objetivo evaluar la destreza cultural del Potencial Ganador. La pregunta será formulada por un representante del Organizador y no podrá ser delegada a terceros. El Organizador tendrá la facultad de declarar la respuesta del Potencial Ganador como correcta o incorrecta. En caso de que el Potencial Ganador responda correctamente la pregunta de interés general, se convertirá automáticamente en Ganador de la promoción. Si la respuesta es incorrecta, el Potencial Ganador perderá su derecho a obtener el Premio y se procederá a seleccionar un nuevo Potencial Ganador de conformidad con lo establecido en estas Bases.
6.3. Una vez cumplimentados los requisitos indicados arriba, el Potencial Ganador se consolidará como ganador del Premio (el “Ganador”).
7. La entrega del Premio al Ganador se efectuará, previa exhibición del su documento de identidad, a elección del Ganador: (i) en Marcelo T. de Alvear 1541, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; o (ii) enviado por correo certificado al domicilio declarado por el Ganador, a entero costo de CNP, dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de determinación del Ganador. En caso de que el Ganador opte por la forma de entrega expresada en (i), deberá retirarlo dentro del plazo de treinta (30) días corridos a contar desde la fecha de la comunicación de la cláusula 6. Vencido este plazo sin que el Ganador reclamare su Premio, caducará automáticamente su derecho, sin que le asista demanda alguna al respecto. Los gastos en los que incurran los Ganadores cuando concurran a retirar los Premios en caso de optar por la forma de entrega expresada en (i) serán a su exclusivo cargo.
8. En caso de que la entrega indicada en el apartado (ii) de la cláusula 7 no pueda ser efectuada por motivos no imputables al Organizador o por caso fortuito, el respectivo premio será considerado como asignado y no entregado, quedando a disposición los mismos en favor del Organizador, sin que dicho extremo otorgue derecho a formular reclamo alguno contra el Organizador.
9. El Ganador no podrá exigir el canje del Premio por dinero en efectivo, otro bien, producto y/o servicio. El Premio no incluye ningún otro concepto, bien o servicio distinto y/o adicional al enunciado en la cláusula 4.2 específicamente, como asimismo tampoco y no incluye extras, gastos y/o adicionales en los que incurra el Ganador para reclamar y/o hacer efectivo su derecho sobre el Premio, los que serán exclusivamente a cargo de cada Ganador. Cualquier tributo, derecho u obligación aplicable como consecuencia de haber resultado Ganador del Premio de la presente promoción estará a cargo de aquél. El Ganador no podrá ceder ni transferir el Premio.
10. La responsabilidad por todo concepto del Organizador finaliza con la puesta a disposición del Ganador del Premio al Ganador correspondiente, y de ninguna manera continua por cualquier inconveniente que pueda surgir con motivo de la aceptación, retiro y/o utilización del Premio y/o retiro el mismo. Ni el Organizador ni CNP serán responsables por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los participantes, el Ganador o terceros, con motivo de o en relación con la presente promoción.
11. Estará a disposición de los Participantes una línea de atención al usuario +5491171017096 por cualquier consulta que quieran realizar.
12. El Organizador podrá ampliar la cantidad de premios ofrecidos o el plazo de vigencia de la promoción, ajustando las Bases en tal sentido y publicándolas en su web. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la promoción y/o las Bases, las cuales serán publicadas de conformidad, sin que dicho extremo genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes.
13. Autorización. La participación en esta promoción importará la expresa autorización para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción, o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes y/o voz y/o datos personales de los Participantes, en general, y de los Potenciales Ganadores y los Suplentes, en particular, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con cualquier finalidad durante el plazo de vigencia de la presente promoción y hasta tres (3) años después de su finalización, sin que éstos tengan derecho al reclamo de indemnización o compensación alguna por su uso y/o utilización. El Organizador no será responsable por las viralizaciones o reproducciones de las imágenes por parte de terceros. Los Participantes garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen y, voz y datos personales. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne al Organizador y a CNP respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas. Los Participantes reconocen que la participación en esta promoción no les causa ningún perjuicio patrimonial, por tanto, renuncian a cualquier reclamo que puedan efectuar por la disminución de sus ingresos, ya sea por la participación en esta promoción o por la cesión de derechos referida.
14. Gastos. El Organizador no se hará cargo de ningún gasto extra y/o adicional, como ejemplo y sin que constituya una enumeración taxativa, ser gastos de transporte y/o viáticos, en que los Ganadores puedan incurrir para recibir el Premio, ni será responsable en caso de insatisfacción, pérdida, hurto, o robo del Premio recibido. Cualquier impuesto, gravamen, tasa, contribución o retención, actual y/o futuro, que deba tributarse o se origine sobre la relación con el Premio, será a cargo del Ganador. Asimismo, será a cargo del Ganador cualquier otro gasto no incluido expresamente en las Bases, incluyendo, pero sin limitarse a los traslados y/o gastos incurridos para retirar el Premio y/o cualquier otro gasto o costo que se produzca como consecuencia y/o en ocasión del uso del Premio obtenido.
15. La participación en la promoción implica el conocimiento y la aceptación de estas Bases.
16. Los datos personales de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos por CNP Assurances Compañía de Seguros S.A., con domicilio en Marcelo T. de Alvear 1541 de la ciudad de Buenos Aires, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y de marketing en general (la “Base de Datos”). El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326 (Disposición 10/2008, artículo 1º, B.O. 18/09/2008). A tal efecto, el titular de los datos personales podrá dirigir un correo electrónico a cnp@cnp.com.ar, solicitando el acceso a sus datos y, en su caso, requerir la actualización, modificación o eliminación de los datos que considere erróneamente registrados. La Agencia de Acceso a la Información Pública Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. CNP será el único titular de la Base de Datos mencionada y la almacenará en Marcelo T. de Alvear 1541 de la ciudad de Buenos Aires, por el plazo que sea de utilidad a los efectos de cumplir con los fines indicados precedentemente. CNP protegerá la Base de Datos de acuerdo con los estándares impuestos por la normativa vigente y las reglas del arte que razonablemente brinden integridad y seguridad a los datos personales que contiene. Los Participantes entregarán los datos personales requeridos de manera voluntaria, completa y sin errores, como condición para participar de la promoción. La falta o falsedad de alguno o todos los datos personales requeridos o su indicación errónea hará pasibles a los Participantes, a exclusivo criterio del Organizador CNP, de quedar excluidos de la promoción sin derecho a reclamo alguno por tal motivo. Al momento de facilitar al Organizador CNP sus datos personales, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por CNP con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. El titular de los datos podrá, en cualquier momento, solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la Base de Datos, enviando un correo electrónico a cnp@cnp.com.ar.
17. La eventual declaración de nulidad de alguna de las cláusulas de las presentes Bases no importará la nulidad de las cláusulas restantes, las que mantendrán su plena vigencia hasta tanto no sean declaradas nulas por una autoridad facultada por ley a este efecto.
18. Las presentes Bases podrán ser consultadas en la siguiente página web https://checkout.mecubro.com/1105557060/ar.
19. Toda relación que en virtud de la promoción se genere entre los Participantes y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando los Participantes a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho.
Fuente MeCubro
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