CLÁUSULA DE NOTIFICACIÓN

Autor

mecubro.com

5 de diciembre

CLÁUSULA DE NOTIFICACIÓN

¿Qué es la Cláusula de Notificación?

La Cláusula de Notificación es una disposición contractual que permite designar una persona física o jurídica —con sus datos (DNI o CUIT, razón social o nombre y correo electrónico) — para que reciba comunicaciones formales sobre cualquier cambio relevante en la póliza: anulaciones, modificaciones, inclusiones, bajas de asegurados, o cualquier alteración de condiciones.

En otras palabras: al activar esta cláusula, el tomador del seguro autoriza que la entidad o persona designada sea informada automáticamente ante cualquier eventualidad que modifique la vigencia o condiciones de la cobertura.

Esta cláusula —junto con otras especiales (como la Cláusula de No Repetición o la Cláusula de No Anulación)— constituye un mecanismo de transparencia y certezas contractuales: permite que terceros interesados conozcan de antemano si la póliza continua vigente y bajo qué condiciones.


Cómo funciona en un Seguro de Accidentes Personales

  • Al contratar la póliza de Accidentes Personales mediante Me Cubro, aparece la opción “Agregar Cláusula de Notificación”. Si se selecciona, se deben cargar los datos de la persona o entidad que debe ser notificada (nombre o razón social, CUIT o DNI y correo electrónico).

  • Desde ese momento, cada vez que exista una modificación relevante en la cobertura —anulación, rescisión, inclusión de nuevos asegurados, cambios en condiciones, bajas, etc.— Me Cubro enviará una notificación formal via correo electrónico a la persona o entidad designada.

  • Si la Cláusula de Notificación se desactiva, Me Cubro notificará también esa decisión: informará al destinatario designado que ya no será informado respecto de nuevas modificaciones a la cobertura.

  • De este modo, quien solicita la cobertura (una empresa, un club, un empleador, una entidad contratante, etc.) tiene certeza de recibir alertas sobre la vigencia del seguro y puede reaccionar en consecuencia.


  • En Argentina, el contrato de seguro está regulado por la Ley de Seguros Nº 17.418. Esa ley establece las reglas sobre inicio y terminación de la cobertura, rescisión del contrato, plazos y demás, dotando de estructura legal al contrato.

  • Aunque la ley regula la posibilidad de rescisión anticipada (con preaviso, cuando corresponde), las partes pueden pactar cláusulas especiales que modifiquen las reglas generales.

  • La Cláusula de Notificación —como cláusula especial — no limita la cobertura, sino que establece un mecanismo de información adicional: obliga a la aseguradora a mantener informado a un tercero adicional sobre cualquier cambio relevante en la póliza. Esto se ajusta al principio de buena fe contractual, transparencia y protecciones adicionales para beneficiarios o terceros interesados.

  • En ciertos contextos (por ejemplo, cuando una empresa contrata un seguro por cuenta de un empleado o proveedor), este tipo de cláusula es una garantía de que la cobertura se mantiene vigente, y permite al tercero monitorear cualquier variación que pueda afectar su requerimiento de cobertura.

Por lo tanto, la Cláusula de Notificación es perfectamente legal, válida y recomendable cuando existe interés de terceros en el mantenimiento de la cobertura.


Ventajas Prácticas de Incluir la Cláusula de Notificación

  • Transparencia y control para terceros: la persona o entidad designada como notificable recibirá alertas automáticas sobre cambios en la póliza —ideal cuando la cobertura se exige a un tercero (empleador, contratante, club, sindicato, etc.).

  • Prevención de riesgos: permite evitar sorpresas —como cancelaciones o modificaciones de cobertura — que podrían dejar desprotegido al tercero que exige el seguro.

  • Facilidad administrativa: al automatizar la comunicación, se evitan gestiones manuales o demoras — la notificación se envía automáticamente ante cada cambio relevante.

  • Confianza contractual: demuestra buena fe, previsibilidad y compromiso de mantener informado al tercero designado.

  • Complemento ideal para otras cláusulas especiales: usada junto con cláusulas como Cláusula de No Anulación o Cláusula de No Repetición, contribuye a hacer más robusta la cobertura ofrecida y a garantizar certidumbre frente a terceros.


Alcances, Límites y Consideraciones al Diseñar la Cláusula

  • La cláusula debe quedar expresamente pactada en el certificado de cobertura, con los datos correctos de la persona o entidad designada.

  • La notificación se realiza por correo electrónico, medio fehaciente, según lo acordado.

  • Esta cláusula no cambia las condiciones de cobertura ni los riesgos cubiertos — simplemente crea una obligación de información hacia un tercero.

  • No exime a la aseguradora o al tomador de otras obligaciones contractuales o legales (pago de primas, cumplimiento de declaraciones, denuncias en caso de siniestro, etc.).

  • Si se desactiva la cláusula, es recomendable que la notificación de desactivación también se realice formalmente, a los efectos de evitar reclamos futuros por falta de información.


Por qué la Cláusula de Notificación es una Buena Opción para los Clientes de Me Cubro

Incluir la Cláusula de Notificación en los seguros de Accidentes Personales ofrecidos por Me Cubro representa un valor agregado para quienes necesitan presentar cobertura ante terceros (empresas, empleadores, clubes, entidades, etc.). Permite:

  • brindar transparencia absoluta sobre la vigencia y cambios de la póliza;

  • asegurar que el tercero interesado esté siempre informado;

  • evitar incertidumbres o riesgos por cancelaciones/modificaciones sin aviso;

  • ofrecer una solución confiable y profesional, adaptada a exigencias administrativas o contractuales externas.

Para muchos clientes, especialmente empresas o quienes contratan seguros por cuenta de terceros, esta cláusula puede ser clave al momento de presentar la póliza.

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