Seguro de accidentes personales para asistente de radiologo - por $20.000.000

Seguro de accidentes personales $20.000.000 por muerte e incapacidad y $ 4.000.000 por reembolso de gastos médicos con franquicia de $ 30.000.-

SANCOR
Período de Vigencia
11/09/2026 11/09/2026
1 día de cobertura

¿Qué cubre?

Alcance

Jornada Laboral e In Itinere

Monto muerte accidental

$ 20.000.000

Monto invalidez total y/o parcial permanente

$ 20.000.000

Reintegro de gastos médicos

$ 4.000.000

Altura máxima

15

Edad máxima

80 años

Edad mínima

5 años

Información adicional

Monto sepelio
$ 2.071.300
Monto hospitalización diaria
$ 20.000
Deducibles de gastos médicos
$ 30.000

Para el detalle completo sobre la cobertura consultá el Clausulado de Coberturas.

¿Qué NO Cubre?

  • ×Enfermedad preexistente

Información técnica

Se encuentran cubiertos los accidentes que sufra el Asegurado durante el ejercicio de su profesión o actividad declarada para el seguro, por el hecho o en ocasión del trabajo, dentro del horario y ámbitos habituales donde desempeña sus tareas, incluidos los accidentes in itinere. Se entiende por Accidentes in itinere aquéllos que sufra el Asegurado en el trayecto directo e inmediato entre su domicilio particular y el lugar de trabajo o viceversa, siempre y cuando el Asegurado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. -Se deja expresamente aclarado que se incluyen los accidentes "IN-ITINERE".

-Edad mínima de ingreso: 5 -Edad máxima de ingreso: 80 -Edad máxima de permanencia: 80

- Beneficiario (Nro. 100) De acuerdo a lo establecido en el Art. 156 de la Ley de Seguros Nº 17418 podrá ser beneficiario el contratante cuando tenga un interés económico lícito respecto de la vida o salud de los integrantes del grupo, en la medida del perjuicio concreto. - Defensor del Asegurado (Nro. 105) Informamos que esta aseguradora adhirió al reglamento del Defensor del Asegurado, figura esta última de Carácter privado creada en el ámbito de ADIRAAseguradoras del Interior de la República Argentina y orientada a la protección de los derechos de los asegurados y/o beneficiarios, mediante la intervención en los conflictos que se suscitaren entre la persona física o jurídica que tuviera contratado un seguro y un asegurador debidamente autorizado para operar, que previamente hubiera adherido al Sistema. Transcribimos a continuación el Art. 3° del Reglamento: 3. Ámbito de competencia. La Defensoría del Asegurado conoce de los reclamos formulados por personas físicas o jurídicas que hubieran celebrado un contrato de seguro con un asegurador adherente al reglamento, siempre y cuando la suma de dinero motivo de la controversia directa o indirectamente no sea inferior a $ 2000 (pesos dos mil) ni superior $ 50.000 ( pesos cincuenta mil). En el caso de un Seguro de vida también podrá deducir reclamo bajo el presente procedimiento el beneficiario designado. No se admitirán cuestiones controvertidas entre distintos beneficiarios. Quedan excluidos los reclamos provenientes de los siguientes riesgos: Riesgos del Trabajo; Seguros de Caución; Seguros de Salud; Seguros de Responsabilidad civil Profesional; Seguros de Responsabilidad civil suscripto como cobertura única; y todo aquel que no se circunscriba a una cuestión específica entre asegurado y asegurador. También quedarán excluidas del presente procedimiento las cuestiones relacionadas con la pesificación de obligaciones establecidas por la ley 25.561, modificaciones y sus decretos reglamentarios. Tampoco será admitido bajo el presente procedimiento cualquier reclamo que un tercero efectúe al asegurado y/o asegurador como consecuencia de la aplicación de cualquier cobertura de Responsabilidad Civil . En todo caso el asegurador a título particular podrá libremente aceptar el procedimiento excediendo los límites establecidos. La resolución pondrá fin al procedimiento, establecerá claramente los derechos de las partes y dispondrá las medidas o actos que deban ejecutarse.

Precio final

$ 1.360

Resumen del Plan

  • Alcance Jornada Laboral e In Itinere
  • Monto muerte accidental $ 20.000.000
  • Monto invalidez total y/o
    parcial permanente
    $ 20.000.000
  • Reintegro de gastos médicos $ 4.000.000
  • Altura máxima 15
  • Edad máxima 80 años
  • Edad mínima 5 años
  • Cantidad de personas: 1
  • Cantidad de días: 1
  • Inicio de vigencia: 11/09/2026
  • Fin de vigencia: 11/09/2026

Medios de pago aceptados:

MercadoPago Rapipago PagoFacil Visa MasterCard AmericanExpress